La OCU da estos consejos para pagar menos IRPF a final de año

Una planificación financiera eficiente permite el ahorro fiscal si se realiza por medio de estrategias adecuadas.

mujer en ofician de la Agencia Tributaria
La OCU da estos consejos para pagar menos IRPF a fin de año EFE
Javier Martín

Los planes de pensiones se han destapado como una opción estratégica y valiosa en el ahorro fiscal para aquellos individuos cuyas fuentes de ingresos incluyen salarios, actividades profesionales, emprendimientos empresariales o alquileres de propiedades sujetos a tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Así lo afirma la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que señala que la ponderada utilización de estos instrumentos puede resultar altamente beneficiosa, siempre que se realice con moderación y siguiendo pautas específicas.

Para maximizar los beneficios y evitar posibles sanciones fiscales, es imperativo operar dentro de los límites legales establecidos. En el presente año 2023, las aportaciones anuales máximas a planes de pensiones, previsión asegurados, previsión social empresarial, mutualidades de previsión social y seguros privados de dependencia están sometidas a restricciones. Dichas aportaciones no deben exceder el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas obtenidos individualmente en el ejercicio, o 1.500 euros anuales, optando por la cantidad menor.

Cuándo y cuánto hay que aportar a planes de pensiones o hacer donativos

La estrategia, por tanto, debe ser selectiva, focalizándose únicamente cuando las rentas estén sujetas a impuestos y procedan exclusivamente de rendimientos de capital mobiliario, ganancias patrimoniales derivadas de transmisión o ingresos por alquiler de inmuebles. Es fundamental tener en cuenta que las rentas del ahorro no se ven reducidas por estas aportaciones, y los ingresos de alquileres solo son deducibles si se perciben simultáneamente rentas del trabajo o de actividades económicas.

En caso de que las aportaciones individuales superen los 1.500 euros, el exceso no será objeto de reducción y podría acarrear una sanción equivalente al 50% del excedente, a menos que se retire antes del 30 de junio de 2024. También se presenta la opción de aportar al plan de pensiones del cónyuge, siempre y cuando este no disponga de rentas netas del trabajo ni de actividades económicas, o estas no superen los 8.500 euros, con un límite máximo de 1.000 euros anuales.

El ejemplo de la OCU

La organización expone detalladamente el caso de alguien de 55 años con un sueldo bruto de 50.000 euros en 2023 y gastos de Seguridad Social de 2.580 euros. Antes de finalizar el año, se está considerando la posibilidad de realizar aportaciones tanto al plan de pensiones propio como al de la pareja. Si no se realizaran aportaciones, el pago de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ascendería a 9.956 euros.

No obstante, mediante una estrategia calculada de aportaciones de 1.500 euros al propio plan de pensiones, 1.000 euros al plan de la pareja, y aprovechando una contribución de la empresa de 1.000 euros al plan de empleo, se lograría reducir el pago de IRPF a 8.522 euros. Esta decisión estratégica generaría un ahorro sustancial de 1.434 euros, destacando la importancia de una planificación financiera meticulosa.

Cuándo retirar el dinero de un plan de pensiones

La gestión sabia de las prestaciones y retiros en forma de capital de los planes de pensiones constituye otro aspecto crucial de la planificación financiera. Todas las prestaciones recibidas de estos planes deben ser declaradas en el IRPF como rendimientos del trabajo. Por lo tanto, se aconseja mantener el dinero en el plan si no es esencial cobrarlo, especialmente en años en los que el conjunto de las rentas no sea elevado.

Antes del 31 de diciembre de 2006, las prestaciones recibidas en forma de capital de planes de pensiones gozaban de una reducción del 40% en el IRPF. Algo que posteriormente fue eliminado. No obstante, un régimen transitorio permite aplicar esta reducción a cantidades percibidas en forma de capital en un mismo período impositivo, y por la parte correspondiente a las aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2007, con ciertos límites temporales dependiendo del año de jubilación.

Para aquellos que se jubilaron en los años 2014 y 2021 y aún no han cobrado su plan, y realizaron aportaciones antes de 2007, la solicitud de cobro en forma de capital antes de fin de año es esencial para conservar el derecho a aplicar la reducción del 40% por las aportaciones anteriores a 2007.

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