Todas las transferencias realizadas entre familiares y amigos serán controladas por Hacienda. Durante este mes, el envío de dinero en España será algo muy común y por ello, la Agencia Tributaria quiere poner el foco tanto en las transferencias hechas con entidades bancarias como las realizadas por Bizum o PayPal.
El Fisco es el conjunto de organismos públicos que se ocupan de la recaudación de impuestos en España con el objetivo de evitar que se cometan irregularidades. Durante la Navidad son muchas las personas que aprovechan para pagar ciertos gastos, los cuales antes deberían pasar por Hacienda y ser tributados.
Para que este organismo pueda funcionar correctamente, las entidades bancarias como CaixaBank, BBVA o Santander, entre otros bancos, colaboran con el Fisco. Estas entidades bancarias detectan actividades ilícitas como puede ser fraude fiscal, el blanqueamiento de capitales o la evasión de impuestos, lo comunican para que el organismo público pueda investigar y proceder.
En sí, hacer transferencias entre familiares o enviar dinero no es un delito, pero en ciertos casos puede suponer un problema y por lo que deberemos de dar cuenta a Hacienda. En el que caso de que pueda suponer una multa, se podrá reclamar, pero no valdrá la excusa de “no lo sabía”. Hacienda es clara y se agarra al artículo 6 del apartado 1 del código civil «el no conocimiento de la norma o no impide su obligado cumplimiento».
Los límites para hacer transferencias
La ley 7/2012, de 29 de octubre, es la normativa que regula el límite para transferir dinero sin declararlo, además de todos los mecanismos, la prevención y lucha contra el fraude. Según explica esta ley, el límite para hacer transferencias de dinero sin tener que declararlo a Hacienda se sitúa en los 10.000 euros. Este límite se aplica tanto para las transferencias bancarias como las realizadas mediante la banca ‘online’ o con el móvil a través de Bizum o PayPal.
Para ser más exactos, según establece el apartado 11 de la citada ley, todas las transferencias efectuadas y cuyo importe sea superior a los 6.000 euros deberán de ser declaradas y notificadas a Hacienda. Además, cuando el importe sea superior a los 10.000 euros deberán notificar a la Agencia Tributaria.
En el caso de entrar o salir de España con dinero en efectivo por una cuantía igual o superior a los 10.000 euros o moverte dentro de él con más de 100.000 euros, deberás declararlo a la Agencia Tributaria a través del modelo S1.
En este punto hay que aclarar una cosa muy importante, ya que llevar a cabo transferencias por debajo del mínimo no impedirá que la entidad bancaria informe a Hacienda. Así, realizar varias transferencias debajo del importe establecido no impedirá que el banco de cuenta de ello si piensa que proviene de algún acto ilícito.
¿Qué pasa si es una donación?
En el caso de que el dinero recibido por parte de un familiar provenga de una donación o herencia, habrá igualmente que declararlo, ya que es un tributo que incrementa nuestro patrimonio. Por ello, habrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ITP). La cuantía de este impuesto dependerá de la Comunidad Autónoma donde se haga la donación, a excepción de si proviene de una transferencia como préstamo.
Una vez recibida la donación, el beneficiario tendrá un plazo de 30 días naturales para notificarlo a través del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Este se llevará a cabo a través del formulario 600 y no tiene coste, pero de no llevarlo a cabo, cabe recordar que Hacienda puede imponer una multa del 50 % sobre la cantidad que se ha dejado de pagar.
Las multas por no declarar las transferencias a Hacienda
Dependiendo de la cantidad que no se declare, las multas pueden ir desde un 2 % y hasta un 25 % de la cantidad no declarada. También, en el caso de presentar los modelos, pero que estos contuvieran de forma incompleta, inexacta o con datos falsos autoliquidaciones, se le impondrá una multa de 150 euros.
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