En España, el hecho de tener hijos siempre ha perjudicado en las carreras laborales de los trabajadores y más en las madres que en los padres. Esa falta de cotizaciones puede afectar no solo a la hora de acceder a las prestaciones de la Seguridad Social, sino también a la hora de determinar la edad de jubilación, así como el porcentaje de la pensión a la que se tendrá derecho.
En este sentido, el asesor fiscal José Ramón López, más conocido en redes sociales como @tublogfiscal, ha publicado un vídeo en el que explica cómo solicitar a la Seguridad Social el reconocimiento de años extra de cotización por el cuidado de hijos.
“Con este modelo puedes sumar años de cotización si tuviste hijos”, comienza diciendo. Explica que esta medida está dirigida a “padres y madres que tuvieron que dejar de trabajar por el cuidado de sus hijos”, ya que podrán añadir “hasta 5 años de cotización”.
Esto es posible gracias a las cotizaciones ficticias, que son periodos en los que no se cotizó, pero la Seguridad Social tiene en cuenta y dentro de este tipo podemos encontrarnos las que son por parto y por cuidado de hijos.
Cotizaciones por parto
López detalla que “las madres pueden sumar 112 días de cotización por cada parto si durante las 16 semanas posteriores al nacimiento no se cotizó”. En el caso de que el parto fuera múltiple, será posible sumar 14 días más por cada hijo adicional a partir del segundo, tal y como regula el artículo 235 de la LGSS (que se puede consultar en este BOE).
Ahora bien, hay que tener claro que este solo se aplica si durante las 16 semanas posteriores al parto no se cotizó efectivamente a la Seguridad Social, es decir, si no se disfrutó del permiso por maternidad con contrato vigente.
Y esto es así, ya que si miramos a lo que dice la sentencia STS 1173/2023, de 19 de diciembre, la misma recalca que el objetivo es compensar a quienes se vieron obligadas a interrumpirla por razones vinculadas al embarazo y al parto. Además, añadir que incluso si el nacimiento ocurrió fuera de España o si el feto no adquirió personalidad civil, se puede reconocer este derecho si el embarazo superó los 180 días, según el criterio de gestión 24/2017 de la Seguridad Social.
Cotizaciones ficticias por cuidado de hijos
El asesor también explica que “se reconocen 270 días más por cuidado de cada hijo, siempre que existiera la interrupción laboral desde los 9 meses hasta los 6 años posteriores al nacimiento”. Aun así, aclara que esta ventaja “es para padres o madres, pero tiene que ser uno de los dos. Ambos no se pueden beneficiar”.
En resumen, “si tuviste que dejar de trabajar por el cuidado de tus hijos, te pueden dar estos días de cotización”. El máximo que se puede alcanzar, según precisa, son “1.825 días, por eso son hasta 5 años extras de cotización”.
Cómo solicitar estos años de cotización
Para poder acceder a este reconocimiento, López muestra en el vídeo el propio documento: “Esto es la solicitud, el documento de solicitud de estos años de cotización que puedes solicitar a la Seguridad Social”.
El procedimiento, sin embargo, no está del todo definido. Tal y como advierte, “no hay un apartado específico para presentarlo. Es decir, no hay un apartado donde en su página web te ponga solicitud para el reconocimiento de beneficios por cuidado de hijos. No lo vas a encontrar”.
Por ello, explica que “vas a tener que mandarlo de forma genérica. Y esto obviamente lo puedes hacer presencialmente también. No sé si es mejor o peor, pero bueno, las dos opciones las tienes”.
Cómo te beneficia
José Ramón explica que “sumar años de cotización te beneficia a la hora de calcular tu pensión de jubilación. Va a ser superior”. Las pensiones contributivas se calculan en base a las cotizaciones por lo que a más cotizaciones mayor será el porcentaje de la base reguladora a la que se tenga derecho, según recoge la Ley 27/2011.

