Hacienda multará por carta a todos los que no hagan este trámite antes del 1 de julio

La carta puede ser recibida tanto por aquellos que no presenten la declaración de la renta como por aquellos que sí lo hayan hecho.

Francisco Miralles

El próximo lunes, 1 de julio de 2024 es el último día para presentar la declaración de la Renta. Todos los contribuyentes obligados a presentar el borrador del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) tienen hasta ese día para presentar la declaración. En el caso de no hacerlo, la Agencia Tributaria comenzará a enviar cartas informándoles de que podrán ser sancionados, aunque es posible que la reciban otros contribuyentes.

Hacienda empezará a enviar estas notificaciones conocidas como “cartas del miedo” a partir del próximo lunes, 1 de julio. En ellas se informarán de las sanciones tanto por no presentar la declaración como por cometer errores. De hecho, las sanciones pueden ir desde los 100 euros hasta el 150% de la cantidad a pagar, dependiendo de si la declaración resulta a pagar o a devolver y del impacto sobre la Administración.

Además, el importe de la sanción puede variar dependiendo de si es detectada por Hacienda o si es el propio contribuyente quien informa de la demora o el olvido a la Agencia Tributaria.

Multas por no presentar la declaración de la Renta a tiempo

Si Hacienda no nos envía la carta con el requerimiento, la multa dependerá del tiempo que se tarde en presentar el borrador. Los intereses comienzan a contar desde el primer mes a razón de 1% por cada mes, por lo que si se presenta en julio será del 1% y si se hace en septiembre las sanción será del 3%. A partir de los 12 meses, el recargo será del 15%, además de abonar los correspondientes intereses de demora.

Si Hacienda envía una notificación por no haber presentado la declaración de la renta, la penalización irá del 50% al 150% de la deuda. Esta sanción puede aumentar si la Agencia Tributaria considera que ha habido un perjuicio económico o si el incumplimiento ha ocurrido en más ocasiones. En este caso, habrá un plazo para presentar la declaración antes de que se inicie un nuevo procedimiento sancionador.

Por otro lado, si no se presenta la declaración y es el contribuyente quien informa del error a la Agencia Tributaria, la multa será de 100 euros si el borrador sale a cero o a devolver. En el caso de que sea Hacienda quien detecte la omisión de presentar la declaración, la multa será de 200 euros.

En este punto, si se procede a pronto pago y no se reclama, se aplicará una reducción del 25 %, siempre que se pague en el periodo voluntario. Este periodo durará 5 días hábiles desde que se notifica.

Recargos por no pagar la multa

Además, podemos recibir una notificación de Hacienda si hemos presentado la declaración a tiempo, pero no hemos pagado la deuda correspondiente. Esta situación se da cuando hemos presentado una declaración con importe a pagar, pero Hacienda no ha podido cobrarla debido a que no hay ingresos suficientes o el número de cuenta IBAN presentar errores.

En este sentido, si es el contribuyente quien se da cuenta del error, el recargo será del 5%. En cambio, si es la Agencia Tributaria la que detecta el error, el recargo podrá variar entre el 10% y el 20%.

La carta del miedo puede tardar hasta 4 años en llegar

Con carácter general, la Agencia Tributaria dispone de cuatro años para reclamar una declaración de IRPF. Este plazo es tanto para detectar errores errores como para pedir cuentas por la renta.

De igual forma, si el contribuyente cree que la sanción aplicada no es correcta, tiene hasta cuatro años para reclamar. Esto se aplica a situaciones como la reciente sentencia del Tribunal Supremo, que falló contra la AEAT, determinando que los jubilados mutualistas entre 1967 y 1978 habían estado pagando de más en el IRPF durante años.

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