Hacienda vigila con especial atención todo el dinero en efectivo que guardamos en casa “bajo el colchón”. El organismo lo hace en un contexto debido a la relación con actividades delictivas o fraudulentas, entre las que se encuentra el blanqueo de capitales, el fraude fiscal e incluso la financiación del terrorismo. Por ello, el organismo adscrito al Fisco cuenta con un sistema para controlar todo el dinero en efectivo en España.
La Agencia Tributaria explica que guardar dinero en casa no es ilegal ni está prohibido en nuestra legislación, así como en nuestra Carta Magna, todo lo contrario: se puede guardar dinero en la vivienda para una emergencia o simplemente porque se desconfíe del banco. Donde sí pone el foco Hacienda son en aquellas operaciones o movimientos de dinero que entran dentro del catálogo de operaciones a monitorizar.
Actualmente, Hacienda es capaz de controlar todos los movimientos que implican billetes de 500 euros, así como las retiradas o los ingresos en cualquier entidad bancaria por importe superior a los 3.000 euros o más. En ambas situaciones el dinero puede ser sacado de nuestra cuenta bancaria para posteriormente depositarlas “bajo el colchón”.
Pero, ¿cómo es capaz Hacienda de detectar estos movimientos de dinero? El organismo dependiente del gobierno de España tiene acuerdos establecidos con la Ley General Tributaria por la que bancos y resto de entidades bancarias deben informar de las operaciones anteriormente mencionadas. Además, aunque el importe sea inferior a esas cantidades si el banco sospecha de un movimiento raro, puede igualmente informar al Fisco.
Según el artículo 93 de Ley General Tributaria publicada en este Boletín Oficia del Estado (BOE) detalla que las entidades bancarias estarán obligadas y cita textualmente “a proporcionar a la Administración tributaria toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas”.
El artículo continúa exponiendo que “los movimientos de cuentas corrientes, depósitos de ahorro y a plazo, cuentas de préstamos y créditos y demás operaciones activas y pasivas, incluidas las que se reflejen en cuentas transitorias o se materialicen en la emisión de cheques u otras órdenes de pago” también están dentro de este grupo.
Casos en los que Hacienda puede investigarte y cómo actuar
Aunque las entidades bancarias están obligadas a informar de estos movimientos a Hacienda, el organismo no investigará a todo el mundo que efectúe dichas operaciones. Aunque se vuelque toda la información, ya que es obligatorio, la Agencia Tributaria solo inspeccionara los movimientos de dinero en efectivo que presenten indicios sólidos de actividades delictivas.
Ahora es posible que Hacienda decida llamar a un ciudadano que haya realizado diversos movimientos que hayan levantado sospecha. Aun así, hay que estar tranquilos, en el caso de que la Agencia Tributaria nos cite por este supuesto, ya que tener dinero bajo el colchón no es delito. Simplemente, habrá que aclarar el origen del dinero. Es decir, si procede de rendimientos del trabajo, de capital mobiliario o inmobiliario o de ganancias patrimoniales, entre otros.
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