Hacer reformas en casa supone un gran desembolso para los propietarios y más teniendo en cuenta que no solo tienen que pagar los materiales o la empresa de construcción, sino también pagar el IVA de la operación. No obstante, según explican desde Hacienda, aunque lo habitual es que se tenga que pagar el 21% por estas reformas, hay algunos casos en los que los propietarios podrán ahorrarse el IVA pagando el tipo reducido.
La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) prevé algunos supuestos en los que por la reforma del inmueble los propietarios solo pagarán un 10% de IVA, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos establecidos en el artículo 91 de la ley del impuesto sobre el valor añadido que determina que operaciones pueden aplicar los tipos reducidos.
Condiciones para aplicar el IVA reducido en las obras de renovación o reparación en viviendas
En la mayoría de los casos, según aclara la Agencia Tributaria a través de su web, las obras de renovación o reparación en viviendas particulares tributan, como norma general, al 21% de IVA. No obstante, es posible aplicar un tipo reducido del 10% si se cumplen ciertos criterios establecidos en la ley.
La primera condición es que la vivienda debe estar destinada a uso particular y el beneficiario debe ser una persona física. No se aplica este tipo reducido cuando la misma se destine al alquiler o a actividades empresariales o profesionales, incluso de forma parcial.
Además, la construcción o rehabilitación del inmueble debe haber finalizado al menos dos años antes del inicio de las obras de reforma. Esto significa que solo se pueden acoger al IVA reducido aquellas viviendas con cierta antigüedad desde que se construyeron o se hizo una rehabilitación importante en ella.
Por último, la empresa que realiza la obra no puede aportar materiales por un valor superior al 40% del importe total de la factura. Si se supera este porcentaje, la obra deberá tributar en su totalidad al tipo general del 21%.
Por ejemplo, según explica Hacienda, si la reforma de un suelo tiene un coste total de 10.000 euros y los materiales aportados por la empresa suman 3.000 euros, toda la operación puede beneficiarse del IVA reducido porque es menos del 40%. En cambio, si el valor de los materiales aportados es de 5.000 euros, la reforma deberá tributar al 21%.
Es importante señalar que estas condiciones son aplicables en los casos de obras de reparación y renovación que se centran en general en mejorar y arreglar problemas en la vivienda, no para los casos de obras de construcción y reparación que requieren construcción de nuevas estructuras o la modificación de las existentes, que se rigen por otros criterios.

