El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pagará la cuantía íntegra del subsidio por desempleo a todos los trabajadores que accedan a esta ayuda, sin importar cual fuera su jornada laboral en el último contrato. De esta forma, el Real Decreto-ley 2/2024 elimina la reducción proporcional que se aplicaba hasta ahora a quienes trabajaban a tiempo parcial.
Esto es así, ya que así lo recoge la modificación del artículo 278 de la Ley General de la Seguridad Social (modificado por dicho Real Decreto), que elimina la vinculación entre la cuantía del subsidio y las horas trabajadas en el último trabajo, garantizando el importe completo a todos los beneficiarios.
La medida llevada a cabo por el Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, busca mejorar los ingresos de los trabajadores en situación de desempleo que tras agotar el paro, carecen de ingresos suficientes, corrigiendo así la brecha que afectaba especialmente a las mujeres, quienes mayoritariamente ocupan los puestos de trabajo a tiempo parcial. Recordar que para acceder a estos subsidio hay que demostrar esa vulnerabilidad económica, por lo que se pide siempre no superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (en 2025 son 888 euros al mes).
De esta forma, como la parcialidad del último contrato es una situación (por así decirlo) ajena a la necesidad real de protección económica del desempleado, la Seguridad Social protege al trabajador garantizando unos mínimos de subsistencia más elevados.
¿Cómo funcionan las nuevas cuantías del subsidio por desempleo?
El SEPE establece unas cuantías fijas vinculadas al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), sin aplicar recortes independientemente de la jornada. Ahora, los subsidios tienen una cuantía decreciente en el tiempo para incentivar la reincorporación laboral, es decir, se empieza cobrando más y poco a poco va bajando la cuantía. En este sentido, el nuevo artículo 278 distingue tres tramos de cuantía:
- Durante los primeros 6 meses se recibirá el 95% del IPREM, lo que equivale a 570 euros con el IPREM actual.
- Los siguientes 6 meses, el 90% del IPREM, es decir, 540 euros.
- A partir del año, la cuantía bajará hasta el 80% del IPREM.
Ahora bien, y a tener en cuenta, esto es válido para todos los subsidios, excepto para el subsidio para mayores de 52 años en el que se seguirá abonando el 80% del IPREM desde el inicio, ya que esta tiene la ventaja que se cobra de forma indefinida y cotiza para la pensión.
Un ejemplo para entenderlo
Para aclararlo y entenderlo pensemos en una trabajadora que, en diciembre de 2024, agota su prestación contributiva (el paro) y solicita el subsidio por desempleo. Su último contrato, por el cual generó el derecho, fue de media jornada (50% de la jornada habitual).
Con la normativa anterior, al haber trabajado a media jornada, el SEPE le hubiera reconocido solo el 50% del subsidio (el 50% del 80% del IPREM, es decir, 240 euros). Pero, gracias a la nueva normativa, la parcialidad de su contrato ya no se tiene en cuenta para el cálculo. Por lo tanto, esta trabajadora cobrará el 100% de la ayuda, es decir, durante los primeros seis meses percibirá el 95% del IPREM íntegro (y no la mitad), y posteriormente los porcentajes del 90% y 80% completos, independientemente de que su último empleo fuera de pocas horas.

