Las vacaciones son ese periodo donde los trabajadores aprovechan para descansar y desconectar por completo del trabajo. A veces la mala suerte puede jugar en nuestra contra y vernos que, ya sea por accidente o enfermedad, caemos de baja médica antes o durante las vacaciones. En este sentido, muchos trabajadores se preguntan, si estás se consumen o se pierden. El Estatuto de los Trabajadores lo dice claramente, que si enfermas durante tus vacaciones, tienes derecho a suspender esos días y la empresa está obligada a devolvértelos para que puedas disfrutarlos más adelante.
Para entenderlo empezamos con el principio. En España, este derecho está regulado en el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores (que se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado), que garantiza que el trabajador no pierda su derecho al descanso anual retribuido aunque sufra una incapacidad temporal (IT) durante el periodo de vacaciones. Así, si te pones enfermo o sufres un accidente mientras disfrutas de tus días libres, esos días no se descuentan y podrás recuperarlos una vez recibas el alta médica.

Cómo se recuperan los días de vacaciones tras una baja médica
La ley es clara: si durante las vacaciones caes enfermo y obtienes una baja médica, los días que coincidan con esa incapacidad no se consideran disfrutados. ¿Qué implica esto en la práctica? Muy sencillo, que la empresa está obligada a devolverte los días que no has podido aprovechar por estar de baja, para que puedas disfrutarlos posteriormente, incluso aunque el año haya terminado.
Eso sí, hay un límite. Puedes recuperar esos días hasta 18 meses después del final del año en el que se hayan generado las vacaciones. Es decir, si en agosto de 2025 caes de baja durante tus vacaciones, tienes hasta junio de 2027 para disfrutar los días que te quedaron pendientes por la enfermedad.

El proceso habitual es sencillo. Debes avisar a la empresa y presentar el parte de baja expedido por el médico. Una vez te reincorpores tras el alta, podrás solicitar el disfrute de los días de vacaciones pendientes. La empresa no puede negarse, salvo causa justificada, y no puede computar esos días como vacaciones gastadas.
¿Qué pasa si la empresa no me devuelve los días de vacaciones?
La obligación de la empresa de devolver los días de vacaciones no disfrutados está respaldada por la ley. Si la empresa se niega, puedes reclamar esos días e incluso denunciar ante la Inspección de Trabajo o los tribunales. Hay sentencias firmes que han reconocido este derecho y han obligado a empresas a devolver los días, incluso meses después de finalizar el año.
Esto protege a los trabajadores y evita situaciones injustas, en las que una enfermedad pueda suponer la pérdida de un derecho fundamental, como el descanso anual retribuido. Además, no importa la duración de la baja, ya sea de solo unos días o de varias semanas: todos los días coincidentes con la incapacidad temporal se deben recuperar.
Ejemplo práctico
Para entenderlo mejor vamos a poner un ejemplo. Piensa que tienes 10 días de vacaciones en agosto y al tercer día caes enfermo y el médico te da la baja por gripe. Desde ese día, tus vacaciones quedan interrumpidas y los días restantes no se descuentan del total anual. Cuando recibas el alta, podrás pactar con la empresa las nuevas fechas para disfrutar esos días pendientes.
En este punto hay que recordar que la empresa debe facilitar este trámite y no puede imponerte condiciones que te impidan ejercer este derecho, salvo que existan razones organizativas muy justificadas. Si surge cualquier problema, siempre puedes recurrir a los tribunales, donde los jueces suelen dar la razón al trabajador en estos casos.

