La Junta de Andalucía mantiene para el ejercicio 2026 una deducción autonómica en el IRPF que va dirigida a padres y madres solteros que, además, se puede ver incrementada si conviven en la misma casa con ascendientes familiares mayores de 75 años. La medida permite aplicar una deducción de 100 euros con carácter general para familias monoparentales, la cual puede incrementarse con otros 100 euros más por cada abuelo o abuela que cumpla los requisitos, alcanzando así los 200 euros si se convive por ejemplo con solo uno de los abuelos o que solo uno tenga más de 75 años, que suele ser lo habitual.
Esta deducción, recogida en la normativa autonómica de tributos cedidos (cuya información se puede encontrar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria), se aplica sobre la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y podrá incorporarse en la declaración que presentaremos en este 2026 sobre la renta del ejercicio 2025, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
Así es la deducción para familias monoparentales en Andalucía
Según detalla la Agencia Tributaria en el apartado de deducciones autonómicas de Andalucía, la cuantía general es de 100 euros para contribuyentes que sean padres o madres de familia monoparental en la fecha de devengo del impuesto, que normalmente es el 31 de diciembre.
A efectos fiscales, se considera familia monoparental la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que cumplan determinados requisitos. En concreto, los requisitos para ser considerada una familia monoparental recogidos por la sede de Hacienda para la Renta de 2024 fueron:
- Hijos menores de edad, salvo los que vivan independientes con el consentimiento de los progenitores.
- Hijos mayores de edad que antes del 1 de enero de 2022 hubieran sido declarados judicialmente incapacitados, sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
- Hijos mayores de edad con discapacidad a quienes, por resolución judicial, asista un curador.
La norma aclara además que, tras la reforma del Código Civil operada por la Ley 8/2021, las referencias a la incapacitación judicial se entienden extendidas a las resoluciones en las que se establece la curatela representativa de personas con discapacidad.
100 euros más por cada abuelo mayor de 75 años
La deducción puede incrementarse en 100 euros adicionales por cada ascendiente que conviva con la familia monoparental, siempre que genere derecho a aplicar el mínimo por ascendientes mayores de 75 años previsto en la normativa estatal del IRPF.
Esto significa que un padre o madre soltero que viva con uno de sus progenitores mayores de 75 años y que cumpla los requisitos podrá alcanzar una deducción total de 200 euros en su declaración de la Renta de 2026. Si convivieran dos ascendientes que cumplieran las condiciones, el importe podría incrementarse todavía más, conforme a lo previsto en la normativa.
En los casos en los que varios contribuyentes tengan derecho al incremento por el mismo ascendiente, se aplicarán las reglas de prorrateo, convivencia y límites establecidos en la normativa estatal del IRPF.
Límites de renta para aplicar la deducción
No todos los contribuyentes podrán beneficiarse de esta medida. La suma de la base imponible general y del ahorro no podrá superar los 80.000 euros en tributación individual ni los 100.000 euros en tributación conjunta.
De este modo, la Junta mantiene este incentivo fiscal para 2026 con el objetivo de aliviar la carga económica de los hogares monoparentales, especialmente aquellos en los que conviven varias generaciones bajo el mismo techo, una realidad cada vez más frecuente debido al encarecimiento de la vivienda y al aumento de la esperanza de vida.
La deducción reconoce así el esfuerzo adicional que asumen estos hogares, en los que un solo progenitor sostiene la unidad familiar y, en muchos casos, también atiende a personas mayores dependientes, reforzando el apoyo fiscal a este tipo de estructuras familiares en Andalucía.

