La vuelta al cole supone uno de los gastos económicos más pronunciados en los bolsillos de las familias españolas. El pasado septiembre la compra de material escolar supuso un gasto medio de 2.189 euros, por lo que muchos intentan conocer si ¿es posible deducirse los gastos de material escolar en la declaración de la Renta? Hacienda ha confirmado que sí, pero con una excepción. Y es que en función de la comunidad autónoma a donde se viva, esas deducciones son unas u otras.
La campaña de la Renta 2023/24 arranca el próximo 3 de abril, en apenas un mes, por lo que hay que estar atentos para saber qué hay que incluir y qué no en el borrador de la Renta. Aunque el Ministerio de Hacienda, bajo la tutela de María Jesús Montero, quiere que todas se presenten a través de Renta WEB, parece que se mantendrá la posibilidad de presentarse también por teléfono o de forma presencial.
No hay que olvidar que para que esto sea posible, es fundamental guardar todos los justificantes de dichos gastos, como el de material escolar, etc. Además, hay que ver las particularidades que guarda cada región con el fin de optimizar las deducciones.
Todas las comunidades autónomas que permiten deducir los gastos escolares en la declaración de la Renta
Hasta un total de diez comunidades autónomas tienen bonificaciones fiscales para las unidades familiares con hijos en edad escolar. En cada una de ellas se podrán incluir las siguientes deducciones:
Andalucía:
Es posible deducirse el 15% de los gastos escolares o extraescolar de idiomas e informática, con un máximo de 150 euros anuales por cada descendiente que dé derecho al mínimo por descendiente.
Madrid:
Las deducciones incluyen porcentajes de gastos en vestuario escolar, enseñanza de idiomas y escolaridad obligatoria. Se aplican límites por hijo y por tipo de gasto, con restricciones adicionales para determinadas etapas educativas.
Comunidad Valenciana:
Ofrece deducciones de 110 euros por cada hijo escolarizado en Educación Primaria, Secundaria Obligatoria o educación especial. Requiere que el contribuyente esté desempleado y cumpla con ciertos límites de base liquidable total.
Baleares:
Permite deducciones por gastos en libros de texto y estudios extraescolares de idiomas. Los límites de base imponible total establecen la cantidad deducible por hijo, y se prorratea en casos de tributación individual con hijos que conviven con ambos padres.
Castilla-La Mancha:
Es posible deducir la compra de libros de texto y el 15% del coste de diversas actividades educativas. Los límites de base imponible total determinan la cantidad deducible por hijo, con restricciones adicionales para familias numerosas.
Aragón:
La compra de material escolar y libros de texto cambia según la base imponible total y si es familia numerosa o no. Los límites de ingresos establecidos determinan la cantidad deducible por hijo, con incrementos para aquellos que residan en asentamientos rurales en despoblación.
Murcia:
Permite deducir 120 euros por la adquisición de material escolar y libros de texto. La deducción se reduce por becas y ayudas públicas recibidas, y los límites de base imponible total determinan la cantidad deducible por hijo.
Asturias:
Es posible deducir los importes de la compra de libros de texto y material escolar según la base imponible total y el tipo de familia. Los límites de ingresos establecidos determinan la cantidad deducible por hijo, con aumentos para familias numerosas.
Canarias:
Pueden deducirse cantidades satisfechas por material escolar, libros de texto, transporte, uniforme escolar y otros gastos educativos. La deducción varía según el número de descendientes y la renta familiar, con límites establecidos para su aplicación.
Extremadura:
Existen deducciones de 15 euros por la compra de material escolar por descendiente a cargo en edad escolar obligatoria. Los límites de base imponible total determinan la cantidad deducible por hijo, con excepciones para familias numerosas.
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