A pesar de que el plazo para que Hacienda pague las devoluciones de la Renta terminó este 1 de enero de 2026, 388.207 contribuyentes siguen sin recibir la devolución correspondiente, según datos oficiales de la Agencia Tributaria a 31 de diciembre de 2025. Esto supone que son miles de declaraciones las que permanecen pendientes de revisión una vez superado el plazo máximo que fija la ley.
¿Tienen que preocuparse los contribuyentes por no haber recibido su dinero todavía? Según explican desde la plataforma fiscal TaxDown, el motivo más habitual por el que se producen los retrasos es que la devolución esté en proceso de comprobación.
La Agencia Tributaria puede tardar más tiempo en revisar algunas declaraciones, especialmente si detecta inconsistencias o si se trata de contribuyentes con situaciones más complejas, como es el caso de trabajadores autónomos. Entre los motivos más frecuentes de retraso se encuentran:
- Errores en los datos personales o bancarios.
- Diferencias entre los ingresos o gastos declarados y los que maneja Hacienda.
- Gastos no justificados o no acordes con la actividad profesional.
- Falta de documentación adicional requerida
En el caso de los autónomos, la Agencia suele aplicar controles más estrictos para verificar si los gastos declarados realmente corresponden a su actividad.
¿Cómo saber en qué estado está mi devolución?
La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ofrece un servicio de consulta online del estado de la declaración. Se puede acceder desde su web, en el apartado “Renta 2024”, mediante:
- Certificado digital
- Clave PIN
- Número de referencia del borrador
Los mensajes más habituales que pueden aparecer son:
- “Su declaración se está tramitando”
- “Su declaración está siendo comprobada”
- “Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria”
Hacienda tiene que pagar intereses si se retrasa en la devolución
Los expertos aclaran que la ley del IRPF establece que Hacienda debe realizar las devoluciones dentro de los seis meses siguientes al fin del plazo de presentación. En el caso de las declaraciones presentadas en plazo, ese periodo concluyó el 1 de enero de 2026. Si la declaración se presentó fuera de plazo, el cómputo comienza desde la fecha de presentación.
Superado ese límite, Hacienda está obligada a pagar intereses de demora. Según la Ley de Presupuestos Generales del Estado, el tipo aplicable fue del 4,0625% anual en 2025, tras la subida desde el 3,75% que se mantenía desde 2016.
El experto fiscal Aitor Fernández recuerda que “aunque no es habitual que Hacienda se retrase, cuando ocurre el contribuyente tiene derecho a intereses compensatorios por cada día que transcurra desde el vencimiento del plazo legal hasta el pago efectivo”.
Qué pasa si tras la comprobación de Hacienda hay cambios en el importe de la devolución
Si tras comprobaciones de Hacienda en la declaración de la Renta hay comprobaciones en los importes, desde TaxDown explican que pueden darse diferentes situaciones:
- Si el importe final a devolver es menor que el solicitado, los intereses solo se aplican sobre la cantidad finalmente reconocida.
- Si la declaración pasa a ser a pagar, podría existir sanción, en función del tipo de error.
En todos los casos, el contribuyente recibirá una notificación oficial con la resolución y, si procede, el detalle de los intereses de demora generados.

