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Deducciones autonómicas de La Rioja en la Renta 2025-2026

La Rioja tiene 24 deducciones, entre las que figura una deducción por la compra de bicicletas de pedaleo no asistido.

Fachada de la Agencia Tributaria
Fachada de la Agencia Tributaria |Archivo
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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La Rioja roza las 200.000 declaraciones de la Renta por campaña y espera un volumen similar en la Campaña de la Renta 2025-2026, abierta del 8 de abril al 30 de junio. El catálogo autonómico riojano destaca por su apuesta por los jóvenes que se independizan, con deducciones específicas por internet, suministros del hogar, compra y alquiler de vivienda, y por los contribuyentes de pequeños municipios, con varios incentivos ligados a la fijación de población en el medio rural.

Estas deducciones reducen la cantidad a pagar si la declaración sale a ingresar, o aumentan la devolución si sale a devolver.

Para aplicarlas, es necesario haber residido fiscalmente en La Rioja durante 2025, es decir, haber pasado en la comunidad más de 183 días, según explica la web de la Agencia Tributaria. Hacienda toma como referencia la vivienda habitual. Conviene conservar facturas y justificantes de cada gasto antes de confirmar la declaración. Todas las deducciones autonómicas de La Rioja listadaas a continuación, se encuentran recogidas en el manual de la Agencia Tributaria.

Por nacimiento y adopción de hijos

La deducción es de 600 euros por el primer hijo, 750 euros por el segundo y 900 euros por el tercero y sucesivos. En partos o adopciones múltiples se añaden 60 euros adicionales por cada hijo.

Por la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios de La Rioja

La deducción es del 5% de las cantidades pagadas, con una base máxima de 9.040 euros y un límite de 452 euros. La compra, rehabilitación o inicio de la construcción debe haberse producido a partir de 2017. La Agencia Tributaria publica el listado de municipios con derecho a esta deducción en su página web.

Por gastos en escuelas infantiles, centros de educación infantil o personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años para contribuyentes que fijen su residencia habitual en pequeños municipios de La Rioja

La deducción es del 30% de los gastos de preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación, con un límite de 600 euros por menor. La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en declaración individual ni los 30.050 euros en conjunta, y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros. El listado de municipios incluidos está disponible en la web de la Agencia Tributaria.

Por cada menor en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente o guarda con fines de adopción

La deducción es de 300 euros por cada menor que haya convivido con el contribuyente 183 días o más durante el ejercicio, y de 150 euros si la convivencia fue de más de 90 días y menos de 183.

Por cada hijo de 0 a 3 años de contribuyentes que tengan su residencia o trasladen la misma a pequeños municipios de La Rioja en el periodo impositivo y la mantengan durante un plazo de al menos 3 años consecutivos

La deducción es de 100 euros mensuales por cada menor de 0 a 3 años. La obligación de mantener la residencia en el municipio es de al menos tres años consecutivos desde el traslado. Los municipios con derecho a esta deducción están recogidos en el anexo de la Agencia Tributaria.

Por cada hijo de 0 a 3 años en escuelas infantiles o centros de educación infantil de cualquier municipio de La Rioja

La deducción es del 20% de los gastos de preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación, con un límite de 600 euros anuales por menor. La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en declaración individual ni los 30.050 euros en conjunta, y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.

Por adquisición de vehículos eléctricos nuevos

La deducción es del 15% de las cantidades pagadas por la compra de un vehículo eléctrico nuevo cuyo valor no supere los 50.000 euros. El importe máximo es de 300 euros, que se reduce a 225 euros en el caso de bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico. El listado de vehículos con derecho a deducción está disponible en la web de Hacienda.

Para fomentar la fijación de población ocupada en el medio rural

La deducción es de 1.000 euros para contribuyentes que iniciaron en 2025 una actividad agraria como trabajadores por cuenta propia. Es aplicable en el ejercicio del inicio de la actividad y en los dos siguientes, siempre que se mantengan los requisitos que dan acceso a ella.

Por acceso a Internet para los jóvenes emancipados

La deducción es del 30% de los gastos anuales en contratos de acceso a internet de la vivienda habitual suscritos por contribuyentes menores de 36 años. El porcentaje sube al 40% para unidades monoparentales y para quienes residan en pequeños municipios de La Rioja recogidos en el anexo de Hacienda. La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en declaración individual ni los 30.050 euros en conjunta, y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.

Por suministro de luz y gas de uso doméstico para los jóvenes emancipados

La deducción es del 15% de los gastos anuales en contratos de suministro eléctrico o de gas de la vivienda habitual de contribuyentes menores de 36 años. Sube al 20% para quienes residan en pequeños municipios de La Rioja y al 25% para unidades monoparentales. La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en declaración individual ni los 30.050 euros en conjunta, y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.

Por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años

La deducción es del 15% de las cantidades pagadas en la compra, rehabilitación o construcción de la vivienda habitual, con una base máxima de 9.000 euros. La adquisición o rehabilitación debe haberse iniciado a partir de 2013. La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en declaración individual ni los 30.050 euros en conjunta, y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.

Por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años

La deducción es del 10% de las cantidades pagadas en alquiler, con un límite de 300 euros. Para contribuyentes que residan en pequeños municipios de La Rioja, el porcentaje sube al 20% y el límite a 400 euros. La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en declaración individual ni los 30.050 euros en conjunta, y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.

Por adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido

La deducción es del 15% del precio de compra, con un límite de 50 euros por vehículo y un máximo de dos vehículos por unidad familiar.

Por las cantidades invertidas en obras de rehabilitación de la vivienda habitual

La deducción es del 2% de las cantidades pagadas con carácter general. Sube al 5% para contribuyentes menores de 36 años y al 7% cuando además la base liquidable general no supera los 18.030 euros en declaración individual ni los 30.050 euros en conjunta y la base liquidable del ahorro no supera los 1.800 euros.

Por cantidades invertidas en adquisición o construcción de vivienda habitual para jóvenes

La deducción es del 3% de las cantidades pagadas para contribuyentes menores de 36 años y del 5% cuando además la base liquidable general no supera los 18.030 euros en declaración individual ni los 30.050 euros en conjunta y la base liquidable del ahorro no supera los 1.800 euros.

Por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural

La deducción es del 8% de las cantidades pagadas, con un límite máximo de 450,76 euros anuales. Tanto la compra como las obras de rehabilitación deben haberse iniciado antes de 2013 y, en el caso de nueva construcción, haber finalizado antes de 2017. La Agencia Tributaria publica el listado de municipios rurales con derecho a esta deducción en su página web.

Por obras de adecuación de vivienda habitual en La Rioja para personas con discapacidad

La deducción es del 15% de las cantidades pagadas, con una base máxima de 9.040 euros. Las obras deben haberse iniciado antes de 2013 y finalizado antes de 2017.

Por donaciones irrevocables, puras y simples en materia de mecenazgo

La Rioja establece cuatro modalidades de deducción con un límite conjunto del 30% de la cuota íntegra autonómica:

  • 15% de las cantidades donadas para actividades de fomento del mecenazgo, con un límite de 500 euros.
  • 15% de las donaciones para investigación, conservación, restauración, rehabilitación, consolidación, difusión, exposición y adquisición de bienes de interés cultural del Patrimonio Histórico de La Rioja, con un límite de 500 euros.
  • 20% de las donaciones a empresas culturales, con un límite de 500 euros.
  • 20% por donación de bienes culturales por sus autores, creadores o herederos, con un límite de 500 euros.

Por cantidades destinadas a investigación, conservación, restauración, rehabilitación o consolidación de bienes que formen parte del patrimonio histórico de La Rioja

La deducción es del 15% de las cantidades destinadas, con un límite máximo de 500 euros.

Para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva

La deducción es del 30% de los gastos del contribuyente, su cónyuge y las personas que den derecho al mínimo personal y familiar en gimnasios, instalaciones deportivas, entidades inscritas en el Registro del Deporte de La Rioja, clases para la práctica del deporte o la educación física y licencias federativas riojanas. El porcentaje sube al 100% para personas mayores de 65 años o con una discapacidad del 33% o más. El límite máximo es de 300 euros anuales.

Destinada a los enfermos de ELA

La deducción es del 50% de los gastos relacionados con el diagnóstico y tratamiento de la enfermedad del contribuyente, su cónyuge y las personas que den derecho al mínimo personal y familiar, con un límite de 2.000 euros anuales.

De cuotas satisfechas a organizaciones profesionales agrarias

La deducción es del 100% de las cuotas pagadas a organizaciones profesionales agrarias, con un máximo de 100 euros por contribuyente.

Por enfermedad celíaca diagnosticada

La deducción es de 250 euros por cada miembro del núcleo familiar con diagnóstico de enfermedad celíaca.

Para paliar la subida de los intereses de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de vivienda habitual

La deducción es del 15% de los intereses pagados en la financiación de la vivienda habitual adquirida a partir de 2013, con una base máxima anual de 5.000 euros.