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Cómo consultar los datos fiscales de la Renta 2025 en la sede de la AEAT

La Agencia Tributaria los pone a disposición desde el 18 de marzo, más de tres semanas antes de que abra el plazo de presentación

Vista de la declaración de la renta en una tablet
Vista de la declaración de la renta en una tablet |Eduardo Parra / Europa Press
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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La Agencia Tributaria permite ver los datos fiscales de los contribuyentes del ejercicio 2025 desde este 18 de marzo de 2026, antes de que empiece la campaña de la declaración de la Renta. Este documento es un resumen de toda la información que Hacienda ya tiene sobre el contribuyente, es decir, los rendimientos del trabajo, intereses bancarios, inmuebles, ganancias patrimoniales y deducciones de las que la AEAT tiene constancia.

Es conveniente revisar antes de confirmar el borrador, ya que se pueden evitar errores que pueden derivar en una liquidación complementaria o en la pérdida de deducciones que el contribuyente tenía derecho a aplicar. Es más, puede hacer que una declaración salga a pagar menos o incluso que Hacienda tenga que devolver más dinero.

Ejemplo del informe de datos fiscales
Ejemplo del informe de datos fiscales | Agencia Tributaria

Dónde se consultan los datos fiscales

Los datos fiscales están disponibles en la sede electrónica de la AEAT (sede.agenciatributaria.gob.es), que es el canal principal. Se accede desde la sección de IRPF, dentro del apartado “Mis expedientes y datos fiscales”, y desde ahí también se puede descargar el documento en PDF. Quienes prefieran hacerlo desde el móvil pueden usar la app oficial de la AEAT, disponible para iOS y Android, que funciona con los mismos sistemas de identificación que la sede.

Datos fiscales de la Declaración de la Renta

Qué necesitas para identificarte

Para acceder a los datos fiscales, la Agencia Tributaria acepta cuatro sistemas de identificación:

  • Certificado digital: emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre u otra entidad de certificación reconocida.
  • DNI electrónico: el documento nacional de identidad con chip activo y un lector de tarjetas.
  • Cl@ve: el sistema de identificación del Gobierno que funciona con usuario y contraseña o con PIN de un solo uso enviado al móvil.
  • Número de referencia: se obtiene combinando el NIF, la fecha de caducidad del DNI o la fecha de nacimiento si se es titular de un NIE, y la casilla 505 de la última declaración presentada. Quienes no presentaron declaración el año anterior pueden solicitar el número de referencia con el IBAN de una cuenta bancaria de la que sean titulares.

Qué información contienen los datos fiscales

El documento reúne la información que la AEAT ha recibido de empresas, entidades financieras y organismos públicos durante el ejercicio 2025:

  • Rendimientos del trabajo: importe bruto percibido de cada pagador, retenciones practicadas y cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Rendimientos de capital mobiliario: intereses de cuentas bancarias, dividendos y otros rendimientos financieros, con sus retenciones.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: transmisiones de inmuebles, fondos de inversión y otros activos comunicados a la AEAT.
  • Rendimientos de capital inmobiliario: alquileres percibidos, cuando el arrendatario es una empresa o entidad obligada a informar.
  • Datos de inmuebles: referencia catastral, valor catastral y situación de los inmuebles de los que el contribuyente es titular.
  • Deducciones: aportaciones a planes de pensiones, donativos a entidades sin ánimo de lucro y otras deducciones de las que la AEAT tiene constancia.

Por qué no siempre están completos

Los datos fiscales son el punto de partida del borrador, pero no siempre están completos. Los autónomos que facturan a particulares pueden encontrar que sus ingresos no aparecen reflejados, porque los particulares no tienen esa obligación de informar a la AEAT de sus pagos, a diferencia de las empresas, que sí deben presentar el modelo 190. Lo mismo ocurre con los alquileres cobrados de un inquilino particular, que si el arrendatario es una persona física, el ingreso no figura de forma automática. Tampoco suelen aparecer las ganancias no comunicadas a la AEAT, como ventas entre particulares, criptomonedas no custodiadas en plataformas españolas u otros activos sin obligación de información. Las deducciones autonómicas, por su parte, no siempre aparecen precargadas en el borrador y hay que añadirlas a mano.

Hay un caso distinto que sí aparece en los datos fiscales de 2025 y son los ingresos obtenidos en plataformas digitales como Airbnb, Wallapop, Vinted o Uber. Desde 2023, estas plataformas están obligadas por la Directiva europea DAC7 a comunicar a las autoridades fiscales los ingresos de sus usuarios. Quien haya alquilado una habitación, vendido artículos de segunda mano o prestado servicios a través de estas aplicaciones puede encontrar esos importes ya incorporados a sus datos fiscales.

Confirmar el borrador sin revisar estas situaciones equivale a presentar una declaración incompleta. Si el resultado es una devolución mayor de la que correspondería o un ingreso inferior al correcto, la Agencia Tributaria puede emitir una liquidación complementaria con un recargo de entre el 5% y el 20% según el artículo 27 de la Ley General Tributaria (consultable en este BOE).