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David Jiménez, abogado experto en herencias: “puedes donar una casa a tus hijos y asegurarte de que puedes vivir en ella sin que te echen”

El abogado desvela el mecanismo jurídico con el que los padres pueden seguir viviendo en la casa e incluso explotarla económicamente tras la donación.

El abogado experto en herencias, David Jiménez
El abogado experto en herencias, David Jiménez |Redes sociales David Jiménez
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:
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Son muchos los padres que piensan en donar una vivienda a sus hijos en vida para adelantar parte de la herencia, pero es habitual preguntarse si puede hacerse sin perder el derecho a seguir viviendo en la casa. Sobre esta cuestión se ha pronunciado el abogado y economista David Jiménez, especializado en herencias, a través de un vídeo publicado en sus redes sociales, donde explica la fórmula jurídica que garantiza al donante mantener la posesión de la vivienda.

En su intervención, Jiménez responde a la pregunta que preocupa a muchos propietarios: “¿Puedo donar la casa a mis hijos, seguir viviendo en ella y asegurarme de que no me puedan echar? Sí, pero debes hacerlo de la siguiente manera”.

El experto aclara que la opción más segura consiste en donar la nuda propiedad y reservarse el usufructo vitalicio. Según explica: “Una de las opciones más seguras que hay es que dones a tus hijos no el pleno dominio, sino solo la nuda propiedad, reservándote tú el usufructo vitalicio de esa casa”.

Quedarse con el usufructo de la vivienda es la forma más segura de donar sin riesgo a ser desalojado

El usufructo vitalicio otorga al propietario donante el derecho a seguir habitando la vivienda de por vida, sin riesgo de ser desalojado por los nuevos titulares. Además, este derecho incluye la posibilidad de explotar económicamente el inmueble. 

Según explica el abogado, “el usufructo es un derecho que te permite vivir en la casa sin que te puedan echar y además tendrías derecho incluso a alquilar esa vivienda por si en algún momento necesitas rentas adicionales o simplemente quieres alquilarla”.

Este mecanismo jurídico ofrece una solución a quienes desean transmitir su patrimonio en vida sin perder su vivienda. Jiménez lo resume de manera clara, “la mejor forma de asegurarte de que nadie te podrá echar de tu casa es donar no el pleno dominio, sino la nuda propiedad, reservándote tú el derecho de usufructo para ti”.

No obstante, el experto advierte de que antes de formalizar este tipo de operaciones es necesario analizar los efectos fiscales, ya que la donación puede conllevar impuestos tanto para el donante como para los beneficiarios. “Tendrás que analizar la fiscalía de esta operación”, señala.