Después de anunciar que llevar corbata contribuiría al ahorro energético, o el decretazo del aire acondicionado que establece como tope los 27 grados centígrados, el Gobierno ha vuelto a remover las arenas de la polémica con la reforma al conocido impuesto de gases fluorados.
Aprovechando la Ley 14/2022 sobre Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Ejecutivo de Pedro Sánchez ha establecido un nuevo impuesto que ve aumentado su ratio de acción. Ahora, por tanto, este impuesto ya no solo grava los que vendían directamente los gases fluorados al consumidor final. ¿A quién afecta entonces el nuevo impuesto sobre los gases fluorados?
También deberán hacerlo todo aquel implicado en la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o instalación de equipos de refrigeración de sistemas o equipos de refrigeración, como es el aire acondicionado o un congelador. La medida, introducida en dicha ley a través de una enmienda, entrará en vigor el próximo 1 de septiembre.
Impuesto al aire acondicionado: un 10% más de sobrecoste
Esto podría traducirse en un encarecimiento de entre el 5 y el 10% de las nuevas instalaciones para una infinidad de sectores, viendo lastrada su competitividad: hostelería y pequeño comercio, instalaciones de climatización para uso doméstico y comercial, supermercados, industria alimentaria, la logística y el transporte refrigerado, los electrodomésticos, la automoción…
Las únicas excepciones que esquivarán el gravamen serán aquellos sistemas usados fuera de España o para uso militar o que formen parte del equipaje personal o sistemas de uso de viajeros de un territorio tercero. Además, los gases utilizados en inhaladores dosificadores para el suministro de ingredientes farmacéuticos o aquel que contenga hexafluoruro de azufre, tendrán mayor tiempo para adaptarse a la medida.
Además, se elimina la figura de “revendedor”, hasta ahora exenta del impuesto de venta de gas en transacciones entre fabricantes, almacenistas e instaladores. También la exención de las escuelas de formación, así como el carnet CAF para los instaladores, que solo conservarán los almacenistas.
Todas las especificaciones, así como el cálculo del impuesto a través del devengo y la base fiscal imponible viene recogido en el documento publicado el pasado 9 julio en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una vez que se aprobó un día antes en el Congreso de los Diputados.
Los sectores implicados, en pie de guerra
AEFYT (Asociación de Empresas del Frío y sus Tecnologías) ha sido la que ha tomado la bandera de la protesta de la veintena de asociaciones por este nuevo impuesto, colado, a su juicio, con calzador y que califica como ajeno al ámbito de competencias de la normativa donde se ha dispuesto. AFAR, AFEC, ALDEFE, AMASCAL, APPLIA, ATFRIE, CNI, CONAIF, FECE, FEGECA y FELAC, son algunas de las que le siguen.
Vociferan que el impuesto se desmarca de políticas de la eurozona, es un hachazo a la economía y un lastre en la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. Además, fomentaría el fraude y el comercio ilegal de refrigerante y equipos.
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