El subsidio para mayores de 52 años es una prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que se cobra de manera indefinida hasta encontrar un nuevo trabajo o alcanzar la edad ordinaria de jubilación que le corresponda al beneficiario. El objetivo de esta ayuda para mayores de 52 años es el de garantizar una fuente mínima de ingresos mientras se busca empleo. Debido a continuas reformas de las pensiones de la Seguridad Social y que la edad va cambiando cada año, muchos se preguntan hasta qué edad pueden cobrarlo exactamente.
La web del SEPE explica que el subsidio para desempleados mayores de 52 años se cobra “ hasta que alcances la edad ordinaria que se exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social”. De esta forma, sí que existe una edad límite para cobrar el subsidio y vendrá determina según la Ley 27/2011 (se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado) que regula la edad ordinaria de jubilación en España.
Edad en la que se deja de cobrar el subsidio para mayores de 52 años
Según la Ley 27/2011, en 2025, la edad de jubilación y, por tanto, edad en la que se deja de cobrar le subsidio para mayores de 52 años quedará fijada en los 66 años y 8 meses, salvo que se cuenta con 38 años y tres meses cotizados en cuyo caso la edad límite quedará fijada en los 65 años. Este dato se puede consultar en la siguiente tabla:
Año | Períodos cotizados | Edad que se deja de cobrar el subsidio de 52 años |
---|---|---|
2024 | 38 o más años | 65 años |
Menos de 38 años | 66 años y 6 meses | |
2025 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | |
2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 6 meses | 67 años |
Para 2026, la edad subirá dos meses, hasta los 66 años y 10 meses, o en los 65 años, siempre que se cuente con 38 años y tres meses de cotizaciones. En 2027, finalizará la reforma y la edad en la que se dejará de cobrar el subsidio quedará fijada en los 67 años, pero igualmente con la posibilidad de seguir retirándose a los 65 años, siempre que se cuente con un mínimo de 38 años y 6 meses cotizados a la Seguridad Social.
Esta es la edad límite y no se puede extender, es decir, no se puede seguir cobrando el subsidio mientras alargamos la edad de jubilación a través de una jubilación demorada. Al cumplir nuestra edad ordinaria, el SEPE dejará de abonarla y luego, ya es decisión de trabajador, solicitar la pensión o esperar y demorarla.
Tal como establece el artículo 35.1 de la Constitución Española, garantiza que “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo”. En otras palabras, aunque hay una edad ordinaria de jubilación, no existe una edad límite para dejar de trabajar.
Qué pasa si no solicito la pensión de jubilación al acabarse el subsidio para mayores de 52 años
Según el artículo 3 de la Ley General de la Seguridad Social, las pensiones contributivas, incluida la de jubilación, son irrenunciables. Esto quiere decir que no se puede renunciar a ellas, aunque sí es posible retrasar el momento en que se solicita su cobro.
Ahora bien, en caso de posponer la solicitud, conviene tener en cuenta que solo se podrán reclamar los pagos correspondientes a los tres meses anteriores a la fecha en la que se presenta dicha solicitud. Así lo establece la propia norma al señalar que “se devengará con una retroactividad máxima de 3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud”.
Por tanto, si transcurre un año desde que se alcanza la edad legal de jubilación hasta que se presenta la solicitud, únicamente será posible recuperar los pagos de los últimos tres meses. Las mensualidades anteriores a ese periodo se perderán.
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