El subsidio por insuficiencia de cotización al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es una prestación que a menudo se solicita por parte de los desempleados, y por la que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede pedir una serie de documentos distintos para formalizar su solicitud. Es por ello por lo que es importante prestar atención a toda la documentación necesaria que se exige desde el servicio de empleo para poder acceder correctamente a este subsidio.
Esta época del año suele ser la más propensa a que los desempleados, que finalizan los contratos temporales que habían tenido durante el verano. Estos lo hacen sin haber cotizado el tiempo mínimo suficiente como para solicitar la prestación contributiva por desempleo (el paro). Y por lo tanto tienen que acceder a esta ayuda de 451,92 euros al mes.
Cabe destacar que esta prestación por desempleo a quien ha cotizado menos de un año tiene un carácter temporal, y dicho tiempo depende de dos factores. Uno de ellos es el tiempo cotizado, si el desempleado ha acumulado menos de 6 meses o entre dichos 6 meses y un año, el segundo factor es si el desempleado tiene o no cargas familiares.
Documentos necesarios para solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización
El Servicio Público de Empleo Estatal puede exigir, a la hora de solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización al Instituto Nacional de la Seguridad Social, hasta 7 documentos distintos para el desempleado que trata de ser beneficiario del mismo. Todos ellos han de presentarse ya sea de manera presencial en una de las oficinas provinciales del SEPE, teniendo que solicitar una cita previa.
O también se pueden llevar a cabo de manera on-line visitando la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal a través de unos sencillos pasos. Además, si se desea hacer la gestión telemática, contará con la ventaja de que se puede realizar durante las 24 horas del día y sin necesidad de solicitar dicha cita previa.
El SEPE distingue estos siete documentos distintos que el solicitante deberá entregar para poder formalizar su solicitud, teniendo que entregar la totalidad de los mismos según le corresponda, diferenciándose en tan solo la necesidad de entregar el DNI o el TIE. Los documentos son:
- Formulario de solicitud del subsidio por insuficiencia de cotización.
- Justificante de rentas, en caso de que la administración así lo solicite.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante, el cónyuge y los hijos.
- Si es extranjero, se deberá entregar la Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE).
- Documento bancario del solicitante donde figure el número de cuenta en el que sea titular y en el que desea recibir el cobro del subsidio.
- Libro de Familia.
- Certificado de empresa en el que asegure que el solicitante está desempleado.
El solicitante deberá entregar la totalidad de esta documentación al SEPE, salvo en el documento de identificación. Entregando uno u otro dependiendo si el demandante de empleo tiene origen en Europa o en un país extranjero y no perteneciente a la Unión Europea.
Para poder llevar a cabo los diferentes pasos que conllevan la presentación la solicitud de esta prestación por haber cotizado menos de un año a la Seguridad Social, se puede ampliar información a través del artículo sobre cómo se solicita este subsidio por insuficiencia de cotización. En el que, además, también se muestran cuáles son los diferentes requisitos que se exigen cumplir más allá de la documentación a entregar al Servicio Público de Empleo Estatal.
¿Cuánto tiempo dura el subsidio por insuficiencia de cotización?
Si se desea solicitar esta prestación no contributiva, hay que conocer durante cuánto tiempo dura el subsidio por desempleo y por lo tando, durante cuánto se van a poder cobrar los 451,92 euros mensuales que paga el SEPE al beneficiario. En este caso, hay que distinguir tres tipos de desempleados distintos, el que tenga cargas familiares, el que no las tenga y los trabajadores fijos-discontinuos. Además, la duración de la ayuda también depende del tiempo que se haya cotizado, siempre siendo menos de un año. Las diferentes duraciones que tiene son:
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Desempleado con cargas familiares:
- Si ha trabajado de 3 a 5 meses, cobrará el subsidio el mismo tiempo que ha trabajado.
- Si ha trabajado de 6 meses a 1 año, podrá cobrar el subsidio durante 21 meses. En este caso se deberá ir renovando cada 6 meses.
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Desempleado sin cargas familiares:
- Si ha cotizado entre 6 meses y 1 año, cobrará únicamente 6 meses de prestación.
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Trabajadores fijos-discontinuos:
- Tendrán de subsidio durante los mismos meses que cotizaron por desempleo en el año anterior a la solicitud de esta ayuda económica.
Por lo tanto, el tiempo de duración de la prestación por haber cotizado menos de un año a la Seguridad Social no se suele muy extenso, llegando, como mucho, hasta completar 1 año y 9 meses de subsidio que se puede cobrar. Todo ello con el objetivo de dar un apoyo al desempleado que no ha conseguido completar un año trabajando mientras éste se encuentre en búsqueda activa de empleo, un nuevo requisito que implantó el SEPE y que es de obligatorio cumplimiento.
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