El Sistema Nacional de Salud (SNS) cubre miles de medicamentos para que, las personas enfermas o con problemas de salud, puedan recibir el tratamiento farmacológico que le han encomendado a un precio realmente bajo. Y es que, aunque no lo conozcamos, los medicamentos que compramos en la farmacia, con la receta de nuestro médico, se nos venden a un precio muy reducido.
Esta reducción se conoce, formalmente, como la prestación farmacéutica ambulatoria, que es la que nos dispensa el médico de la Seguridad Social mediante receta médica u orden de dispensación hospitalaria, a través de oficinas o servicios de farmacia. Dependiendo del colectivo al que pertenezcamos, tendremos que pagar más o menos por estos medicamentos.
¿Quiénes tienen derecho a estos descuentos? Todos aquellos beneficiarios de la sanidad pública. Estos, cuando vayan a su médico, les contarán los síntomas o dolores que padecen y el médico de la Seguridad Social, tras su diagnóstico, les mandará en la mencionada receta los medicamentos que deben tomar. Esta se ingresa directamente en nuestra tarjeta sanitaria, que es el documento que debemos entregar en la farmacia para conseguir los medicamentos con descuentos. O incluso gratis en algunos casos.
¿Cómo saber si un medicamento lo cubre la Seguridad Social?
Para saber si un medicamento está cubierto por la Seguridad Social, tenemos que entrar al buscador BIFIMED, del Ministerio de Sanidad. Esta herramienta permite conocer la situación de financiación con fondos públicos de todos los medicamentos autorizados en España y ofrece información tanto de los fármacos que se dispensan en farmacia como de los que se dispensan en hospital.
En el buscador, solo hay que indicar el nombre del medicamento y nos aparecerá si está incluido o no en la Seguridad Social. Además, es posible descargarse un Excel con toda la información. Por su parte, si no estamos seguros de si el médico nos lo ha recetado o no, solo habría que ir a la farmacia y proporcionar nuestra tarjeta sanitaria. Al hacerlo, aparecerá si tenemos algún medicamento recetado o no. También es importante conocer cuáles son los descuentos que tienen los medicamentos cubiertos por la Seguridad Social según nuestra situación y en que ocasiones salen totalmente gratis.
¿Cuánto es el descuento de la Seguridad Social en medicamentos?
La reducción que se nos aplica a la hora de comprar medicamentos varía en función de nuestros ingresos. Según recoge el Ministerio de la Seguridad Social, este es el porcentaje de aportación que debemos pagar:
- 60% del PVP para las personas cuya renta sea igual o superior a 100.000 euros.
- 50% del PVP para las personas cuya renta sea igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000 euros.
- 40% para las personas que no se encuentren en ninguno de los grupos anteriores.
- 30% del PVP para mutualistas y clases pasivas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial.
- 10% del PVP para los pensionistas de la Seguridad Social.
¿Cuándo no se pagan los medicamentos?
Asimismo, las siguientes personas no pagarán nada, y recibirán los medicamentos gratis:
- Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica.
- Beneficiarios de rentas de integración social.
- Beneficiarios de pensiones no contributivas.
- Desempleados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo.
- Tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
- Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
- Personas menores de edad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
- Beneficiarios de la prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
- Pensionistas de la Seguridad Social, cuya renta anual sea inferior a 5.635 euros y los que, en el caso de no estar obligados a presentar dicha declaración, perciban una renta anual inferior a 11.200 euros.
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía