Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital: nuevas medidas para tramitar y cobrar el IMV

Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital
Berta F. Quintanilla

Si estás esperando a cobrar el IMV y no sabes cómo consultar el estado de tu solicitud del Ingreso Mínimo Vital, vamos a repasar algunos puntos. Entre ellos, el cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital y los cambios que está llevando a cabo el Gobierno para que puedas cobrar la Renta Mínima cuanto antes.

Esta ayuda económica del Ingreso Mínimo Vital puede subir hasta los 1.051 euros y tendrás que realizar los trámites en la Seguridad Social. Para solicitar el IMV tienes dos opciones: a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o acudiendo a las oficinas con una cita previa que podrás sacar online.

Si eliges la forma más rápida, es mediante la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Al entrar, te pedirá identificación que podrá ser con certificado electrónico o sin él. A continuación, el programa va a pedir una documentación que podrás insertar en formato PDF.

Recuerda que, si te falta alguno de los requisitos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital, la ayuda económica aparecerá como denegada. Luego, sólo tienes que firmar y enviar. La Seg Social se encargará de todos los trámites.

Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital

Nuevas medidas para tramitar el Ingreso Mínimo Vital

La Seguridad Social hace un recordatorio para aquellos que ya saben cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital pero no tienen claros los plazos ni los trámites que llevarán a cobrar esta ayuda económica.

En este sentido, desde el Ministerio de Seguridad Social que preside José Luis Escrivá aparecen una serie de medidas para tramitar el Ingreso Mínimo Vital contenidas en varios puntos entre los que destacan:

  • Todas aquellas personas que soliciten la prestación hasta el 31 de diciembre y les sea concedida, cobrarán con efecto retroactivo desde el 1 de junio.
  • Si la Seguridad Social no responde a tu solicitud no tienes que volver a enviarla, porque el plazo para recibir respuesta queda ampliado hasta 6 meses
  • El requisito de inscripción en el SEPE (estar dado de alta como demandante de empleo) es una obligación que tendrás que hacer en los 6 meses siguientes a la concesión de la ayuda
  • La Seguridad Social permite el cruce de datos entre la Administración pública y el padrón de los Ayuntamientos para que llegue esta información de manera automática.

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