Cómo cobrar el subsidio para mayores de 52 años y cobrar un sueldo

Los requisitos para acceder al subsidio por desempleo para mayores de 52 años, contemplan la posibilidad de compatibilizarlo con un empleo

Cartel del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Cartel del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social Archivo
Berta F. Quintanilla

El SEPE autoriza compatibilizar el subsidio para mayores de 52 años con el cobro de un salario siempre y cuando el empleo no tenga un contrato temporal de menos de 3 meses. Se trata de una de las ayudas más demandadas al INEM, ya que los beneficiarios son personas que tienen problemas para conseguir trabajo, pero que al mismo tiempo, necesitan seguir cotizando a la Seguridad Social para tener acceso a la pensión contributiva de jubilación.

La prestación es de 451 euros al mes, es decir, un 80% del IPREM. Fue en el año 2019 cuando la edad para solicitar esta prestación para desempleados de larga duración cambió, pasando de los 55 años a los 52 para hacerla más accesible.

Ahora, el SEPE aclara: es posible cobrar esta prestación por desempleo, conseguir trabajo y comenzar a ingresar un sueldo en el banco al mismo tiempo.

Normalmente, en los requisitos para cobrar la prestación o subsidio por desempleo, queda fuera la posibilidad de recibir dos ingresos por parte de dos pagadores: la empresa y la administración. 

Pero, esta ayuda de 451 euros para mayores de 52 años rompe el molde. Sí se puede compatibilizar con un sueldo siempre y cuando no se supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional o se cumplan las condiciones que marca la carencia de rentas.

Todo el tiempo en que se esté recibiendo esta prestación cuenta como cotizado por desempleo, por lo que sirve para la pensión de jubilación del INSS.

¿Qué requisitos hay que tener para cobrar la ayuda de 52 años y tener un trabajo?

Para cobrar el subsidio para mayores de 52 años y tener un puesto de trabajo, es necesario cumplir una serie de condiciones que son diferentes de las que pide el SEPE para los desempleados de larga duración que vayan a solicitar la prestación. 

Lo primero, contar con 52 años o más en el momento de tramitar la solicitud.

Pero también, el parado tendrá que acreditar la situación legal de desempleo cumpliendo estos requisitos especiales para compatibilizar el subsidio con la nómina de trabajo.

  • Haber cumplido la edad de 52 años en el momento de ir al SEPE a solicitar la ayuda. 

  • Estar dado de alta como demandante de empleo, con la tarjeta del paro al día. 

  • Tener un contrato de trabajo a tiempo completo, podrá ser contrato indefinido o temporal, siempre que dure más de 3 meses.

  • Firmar el compromiso de actividad y haber agotado la prestación contributiva por desempleo, el paro. 

Si el beneficiario del subsidio para mayores de 52 años cumple todos estos requisitos, puede tener la conciencia tranquila, ya que el INEM no va a multarle por incumplir las normas de compatibilidad. 

Pero no podrá cobrar la totalidad de esta ayuda, y quedará recortada concretamente a la mitad, 270 euros al mes.

¿Cuándo no se puede cobrar el sueldo y el subsidio por desempleo para mayores de 52 años?

Cuando el desempleado de larga duración tenga un contrato de inserción o que esté subvencionado por el Servicio Público de Empleo Estatal dentro de los planes de Fomento de Empleo Agrario. Tampoco podrá cobrar prestación y ayuda al mismo tiempo si el puesto de trabajo que ha conseguido es de ejecutivo o dirección.

Los altos cargos no tienen autorizada esa compatibilidad entre empleo y subsidio. 

Por parte del beneficiario, la empresa que le dé de alta en la Seguridad Social no debe tener ninguna relación previa con el trabajador de menos de 12 meses. El SEPE va a mirar también que no exista ninguna relación familiar entre el que está cobrando el subsidio y comienza a trabajar y la persona que le contrata. 

Trabajar en empresas que no estén en ERTE

Compatibilizar el subsidio para mayores de 52 años y el sueldo es posible si la empresa que hace el contrato de trabajo no tiene un ERTE activo de suspensión o reducción de la jornada de sus empleados. 

Es importante que tanto la empresa como el nuevo empleado acudan a la oficina del SEPE con cita previa presentando el contrato de trabajo en el que aparezcan las nuevas condiciones laborales. 

Tipo de contrato y cobro de la ayuda

Dependiendo de si la empresa hace un contrato a tiempo completo o parcial, el SEPE cambia los requisitos de acceso al subsidio para mayores de 52 años y la compatibilidad con el cobro de un sueldo. 

Contrato a tiempo completo

Cuando la empresa haga un contrato a tiempo completo, el SEPE suspenderá el cobro de la ayuda. Lo hará inmediatamente después de que llegue el alta en la Seguridad Social de la persona que acudió a solicitar el subsidio.

Se podrá compatibilizar la ayuda y el trabajo cuando el empleo tenga un mínimo de tres meses de duración. Cuando la administración haya aprobado la solicitud del subsidio, recibirá la mitad de lo que le corresponde, es decir, el 50% de la prestación.

Contrato de trabajo a tiempo parcial

Los empleados que tengan un contrato de trabajo a tiempo parcial, pueden dejar de lado el cobro del subsidio para mayores de 52 años, o bien acudir a las oficinas del INEM a que el funcionario haga un cálculo y establezca lo que le corresponde cobrar según las horas en las que trabaje. 

Es fundamental también que no se sobrepase el límite que marca la carencia de rentas. Para saber muchos de estos datos, se podrá solicitar el informe de vida laboral a la Seguridad Social.

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