La compra de casas prefabricadas en España está siendo imparable desde su auge en 2015, lo que se acentúa mucho más con el arsenal de empresas nacionales y europeas, de la talla de la gigante Ikea, que apuestan por la producción y transporte de este tipo de viviendas modulares. Pero si por algo se diferencian de los hogares convencionales es por su precio barato o más económico.
A ello se le suman otras muchas ventajas, como el uso de materiales reciclados a base de madera o contenedores de transporte marítimo, su diseño personalizable o su rápido proceso de fabricación. Sin embargo, antes de adquirir este tipo de casas modernas a base de sistemas de módulos hay que tener en cuenta varios aspectos importantes, como es el caso de las licencias y permisos necesarios.
Pues bien, lo primero que hay que saber es que dependerá de si se habla de bienes inmuebles o muebles. Por lo tanto, que hay que saber es cuáles son sus principales diferencias.
Casa prefabricada: ¿fija o móvil?
Cabe destacar que en la actualidad no hay una regulación específica en España para este tipo de construcciones. Por lo tanto, los permisos y licencias dependen de si se trata de bienes inmuebles (casas fijas) o muebles (casas móviles). Concretamente, dicha diferenciación se recoge en el artículo 344 del Real Decreto de 24 de julio de 1889.
Bienes inmuebles y muebles
Se definen como bienes inmuebles aquellas “tierras, edificios, caminos y construcciones de todo género adheridas al suelo”. Por el contrario, se establecen como bienes muebles los que “se pueden transportar de un sitio a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a la que estuvieren unidos”.
En conclusión, las casas móviles son bienes muebles que pueden moverse fácilmente de un lugar a otro, manteniendo siempre su integridad. Además, poseen los medios de autoabastecimiento como tomas de luz y agua. En el lado opuesto, los inmuebles son construcciones fijas sobre un terreno y, en este caso, deberán de estar conectada a los suministros públicos de agua y energía.
Viviendas modulares fijas: Permisos y licencias
Lo más importante que hay que saber es que para construir una vivienda modular fija se necesitan los mismos trámites que cualquier vivienda común. En España se recoge en la Ley de Ordenación de Edificios y en el Código Técnico de Edificación (CTE) donde se detallan las obligaciones que los futuros propietarios deben de cumplir. Estos son los permisos y licencias a tener en cuenta:
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Contar con un proyecto de obra visado por el Colegio de Arquitectos correspondiente que, además, debe de cumplir con la normativa urbanística, autonómica, local y técnica.
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Licencia de obra, construcción, anclaje, suelo urbanizable y célula de habitabilidad. Al estar sujetas al suelo, hay que asegurarse de que cumplan con el Plan General de Ordenación Urbana y sus leyes sujetas a la normativa autonómica y local.
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Una vez construida, se debe normalizar presentar la solicitud del documento de habitabilidad, que sirve para legitimar los permisos urbanísticos y el proyecto, siendo apta para que residan personas.
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En cualquier caso, las casas prefabricadas consideradas como bienes inmuebles deben estar inscritas en el registro de la propiedad y cumplir con el pago efectivo de los impuestos correspondientes.
Casas móviles o transportables: Regulación
En el caso de que la propiedad sea móvil, lo que se conoce también como mobil-home, será automáticamente considerada como un bien mueble y no será necesaria la gestión de los mismos permisos que los bienes inmuebles. La razón es que al no disponer de cimientos o de otro tipo de anclaje a los suministros de agua o luz, son consideradas autosuficientes y disponen de suministros propios.
Es decir, no necesita licencia de obra pero, en cualquier caso, es aconsejable consultar al ayuntamiento correspondiente porque en algunos casos en concreto existen ya normativas a este respecto. Este es el caso de La Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, por la que se establece el Reglamento de disciplina urbanística, en el que se recogen las consecuencias por instalar una casa móvil sin licencia en suelo urbano.
Por ejemplo, se abrirá un expediente administrativo de restablecimiento de legalidad y se suspenderán los actos de edificación o uso de suelo. Eso sí, al contrario de los inmuebles, no necesitan estar inscritas en el registro de la propiedad.
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