
Cambios para los jubilados en la forma de ingresar la pensión o cualquier tipo de subsidio de la Seguridad Social en el caso de que cambien la ubicación de su cuenta corriente a una nueva entidad bancaria. A partir del 1 de octubre de 2021, ya no tendrá que ser el propio usuario el que comunique el cambio al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o, en su caso, al Instituto Social de la Marina (ISM), si quiere seguir percibiendo su prestación.
Ahora, con la entrada en vigor en dicha fecha del Protocolo de Variación de Cuentas, será el nuevo banco el que lo comunique a las dos entidades encargadas de gestionar e ingresar el subsidio del que se es beneficiario por parte de la Seguridad Social para evitar que se produzcan interrupciones en el pago del mismo.
En el caso de las empresas o proveedores de servicios que carguen sus recibos en dicha cuenta, no cambia nada, ya que antes también lo hacía la propia entidad bancaria. Es decir, para evitar los problemas administrativos que se habían convertido en recurrentes y aliviar el ingente volumen de trabajo en las oficinas de la Seguridad Social, el nuevo protocolo cambia el rol del servicio de comunicación cuando se produce cualquier modificación en la cuenta bancaria.
Solo aplicable a ingresos, prestaciones e IMV
Como asterisco, el nuevo Protocolo de Variación de Cuentas con el que ya operan la gran mayoría de entidades bancarias en suelo español, no se aplicará a todo tipo de servicios. Solo lo será a ingresos, prestaciones y el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Por lo tanto ya no es necesario realizar trámite alguno, que bien pudiera ser un proceso costoso, sobre todo para las personas de avanzada edad. Lo único necesario será autorizar a la entidad bancaria correspondiente. Una vez hecho, para tranquilidad del usuario, se recibirá un mensaje al móvil o, en su defecto, un correo electrónico para confirmar dicho cambio.
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