A pesar de los esfuerzos del Ministerio de la Seguridad Social para proteger los momentos de cese de actividad y desempleo de los trabajadores por cuenta propia, desde asociaciones como UPTA, apoyan iniciativas como la que han dado a conocer recientemente: que los autónomos coticen cuatro euros más en su cuota mensual para optar al subsidio para mayores de 52 años del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Como ha expresado su secretario general, Eduardo Abad, en un comunicado, podría incluirse una nueva cotización del 0,5% sobre la base mínima del primer tramo del RETA (735,29 euros al mes en 2024) para que en las situaciones de inactividad se tenga derecho al subsidio por desempleo.
Upta exige que se ponga en marcha el subsidio para autónomos mayores de 52 años https://t.co/2Yr8VB64ju
— UPTA España (@upta_es) January 24, 2024
Hay que tener en cuenta que este tipo de trabajadores por cuenta propia no tienen derecho a la prestación contributiva por desempleo (el paro) que sí tienen los trabajadores asalariados. En palabras de la organización, la medida llegaría a beneficiar a más de 3.000 autónomos.
“Es inaceptable que los trabajadores por cuenta propia queden desamparados al carecer de los mismos mecanismos de protección social que aquellos que cotizan a la Seguridad Social por cuenta ajena”, justifica Abad.
Upta exige que se ponga en marcha el subsidio para autónomos mayores de 52 años https://t.co/2Yr8VB64ju
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Además, añade que “el compromiso del Ministerio de Trabajo es el de velar por las personas trabajadoras que por distintas circunstancias han perdido su empleo y son mayores de 52 años, conscientes de las dificultades de recolección en el mercado de trabajo”. Pero, ¿cuáles son los beneficios que ganarían los autónomos si pudieran acceder a ese subsidio por desempleo?
Beneficios de cobrar el subsidio para mayores de 52 años por los autónomos
El SEPE tiene varios beneficios para el subsidio para mayores de 52 años y que podrían disfrutar aquellos autónomos desempleados o que hayan agotado el periodo máximo de cese de actividad. Comenzando por la duración porque tienen derecho a cobrar esta ayuda de 480 euros mensuales hasta que se consiga un nuevo empleo o hasta alcanzar la edad de jubilación.
Además, es la única ayuda asistencial de este tipo que cotiza para la pensión de jubilación. Lo hace mensualmente por el 125% de la base mínima de cotización. Como ese 2024 todavía siguen vigentes los de 2023, dicha cotización es de 1.575 euros al mes.
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