Hay personas que no simpatizan con ningún partido político. O bien, en unas elecciones concretas, no les convence ningún candidato. Para reflejar esta situación, existen tres opciones diferentes que se pueden realizar en unos comicios: votar en blanco, nulo o no acudir a la cita electoral (abstención). Tres acciones con consecuencias distintas que, aunque sea de forma voluntaria, influyen en los resultados electores.
Primero, conviene dejar claro qué significa vota en blanco y en nulo, ya que una parte importante de los votantes tiende a confundirlo. O, al menos, no sabe a qué partidos beneficia cada uno. El voto en blanco es aquel que se produce cuando se entrega el sobre sin papeleta o, en las elecciones para el Senado, se pone la papeleta sin haber marcado los candidatos. En ambos casos se considera válido y, por tanto, será contabilizado con sus consecuentes implicaciones a la hora de repartir los escaños.
El voto en nulo, por su parte, se produce cuando se entrega una papeleta dañada intencionadamente, tachada, garabateada, con anotaciones escritas (normalmente de protesta) o que incluye en el sobre cualquier otro objeto que no es la papeleta. A diferencia del anterior, se considera un voto no válido, por lo que no se contabiliza en la mesa electoral. No obstante, sí que se recuenta cuántas personas han votado de esta manera.
Cómo influyen los votos en los resultados electorales
Sabiendo qué significa un voto en blanco y en nulo, ahora hay que ver sus consecuencias y cómo benefician o perjudican a determinados partidos. Comenzando por votar en blanco, este sí que se cuenta en el recuento total de los votos, aunque no otorguen ningún escaño. Como se contabilizan, influyen en el reparto de los escaños: cuántos más votos haya, más difícil será para los partidos obtener el mínimo para conseguir representación parlamentaria.
Aquí conviene hacer un inciso para explicar la Ley D’Hondt, que es la que rige el sistema electoral español. Se trata de una fórmula para repartir los escaños de forma proporcional: para formar parte de dicho reparto, los partidos deben alcanzar, como mínimo, un 3% del voto total en la demarcación. Un 3% para las elecciones generales, un 5% para las municipales y, para las autonómicas, depende de la comunidad autónoma (podrán elegir entre uno de los dos).
Bien, bajo este sistema, se reparte el número total de votos por los escaños disponibles en el distrito donde se ha votado. ¿Qué ocurre? Que en este reparto se excluyen a todos los partidos que no hayan alcanzado el porcentaje mínimo del 3% (o el que corresponda según las elecciones). Volviendo al voto en blanco, como se contabilizan, cuántos más votos haya, más difícil será para los partidos minoritarios llegar a ese 3%.
De ese modo, se está perjudicando a los nuevos grupos políticos o aquellos minoritarios, porque la barrera para conseguir una representación parlamentaria se endurece todavía más, favoreciendo a los mayoritarios. Por el contrario, el voto nulo no se contabiliza para el reparto de escaños. Así, no perjudica a los pequeños partidos. Conviene señalar que en caso de entregar un sobre con varias papeletas de la misma candidatura, se considera voto válido y no nulo.
Por último, se encontraría la abstención. No influye en el reparto de escaños, aunque sí supone el rechazo a un derecho universal. Hay que decir que, legalmente, aunque la abstención alcanzara el 70% de la población, las elecciones seguirían teniendo validez. Es uno de los motivos por lo que siempre se llama a la ciudadanía a acudir a las urnas, aunque cada año el porcentaje sea mayor. Sí que se recoge el número de personas que ha decidido no votar, teniendo una connotación de rechazo o falta de confianza en el sistema.
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