Una mujer desahucia a su exsuegro que ocupaba casa tras el divorcio sin permiso, aunque alegaba no hacerlo: un detective demuestra que sí lo hacía y la justicia ordena su desalojo

La justicia consideró acreditado que el hombre seguía residiendo en la casa sin derecho alguno, y confirmó que debía desalojarla por tratarse de un caso de precario.

Un hombre saliendo de un edificio de viviendas con una maleta |Envato IA
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La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado el desahucio de un hombre que, tras el divorcio de su hijo, continuaba residiendo en la vivienda de la que su exnuera era copropiertaria sin autorización ni título legal. La ocupación del inmueble se realizaba sin pagar renta, sin consentimiento y sin vínculo válido con la propietaria, lo que constituye un supuesto de precario. Aunque el hombre negaba residir en la casa pero un informe elaborado por un detective privado acreditaba que residía efectivamente allí. 

Según la sentencia de 28 de mayo de 2025, en el convenio regulador aprobado tras el divorcio de la pareja, la vivienda que compraron en gananciales no se adjudicó a ningunos de los dos aunque sí se atribuyó la guarda y custodia de los hijos menores a la madre. Con el paso del tiempo, y pese a la ruptura, el padre del exmarido siguió viviendo en la vivienda familiar, que tenía entrada independiente y se encontraba en la misma finca donde residía el resto de la familia.

Ante esa situación, la exnuera, copropietaria de la vivienda, interpuso una demanda de desahucio por precario, alegando que su exsuegro ocupaba el inmueble sin título alguno, sin pagar ninguna cantidad por ello y sin que mediara autorización expresa o tácita para continuar en el domicilio. El hombre negó los hechos, alegando que quienes residían allí eran exclusivamente su hijo y su nieto, y que él estaba empadronado en otro domicilio distinto.

El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Montoro consideró acreditado que el exsuegro residía efectivamente en la vivienda, apoyándose en un informe elaborado por un detective privado y en diversos documentos que demostraban la recepción de notificaciones en ese mismo domicilio.

El informe del detective, entre otras pruebas, demostraron que el exsuegro residía en la vivienda 

La Audiencia Provincial de Córdoba confirmó el desahucio por precario al considerar acreditado que el hombre residía en la vivienda sin título legal, sin consentimiento de la copropietaria y sin abonar renta alguna, lo que encaja en el supuesto previsto en el artículo 250.1.2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La Sala concluyó que el demandado “ocupa dicha vivienda sin título, sin consentimiento de la actora y sin pagar renta o merced por dicha ocupación”.

El exsuegro había sostenido que no vivía allí, pero la Audiencia rechazó su versión tras valorar de forma conjunta todas las pruebas. En especial, otorgó validez al informe del detective, que evidenciaba que ya residía en la casa antes del divorcio de su hijo y seguía haciéndolo después. Aunque el hombre cuestionó su objetividad, el tribunal afirmó que “no constituye el único elemento”, sino que se integra en una valoración global.

Conforme al artículo 217 LEC, el tribunal concluyó que el demandado no aportó prueba alguna de tener derecho a ocupar el inmueble, por lo que debe cesar en su uso.

Por todo ello de confirmó que el exsuegro tendría que desalojar la vivienda. No obstante a sente cia no fue firme y contra ella cabía interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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