La DGT puede multarte por echar gasolina al coche tú mismo en estaciones de servicio y gasolineras

En algunas estaciones de servicio pueden multarte con 100 euros por repostar sin asistencia.

Una persona surtiendo gasolina en una estación de servicio |Envato
Fecha de actualización:

Es común ver cómo la DGT sanciona a los conductores de los vehículos en carretera por una gran cantidad de razones, aunque la más habitual es la velocidad, ya que no paran de introducir nuevos radares de tramo y en puntos fijos a lo largo de todo el territorio nacional. Pero si existe una multa que desconocíamos por completo y que cada vez se está dando más entre los conductores españoles es por repostar tú mismo en gasolineras y estaciones de servicio.

Sí que habíamos visto multas por el tipo de gasolina que teníamos en el depósito o incluso por lo contrario a lo anterior, por tener el depósito vacío, pero no por repostar sin la ayuda de un trabajador de la gasolinera. Pues efectivamente esto puede ocurrir, pero tiene matices, ya que solo nos pueden multar por repostar nosotros mismos el coche en ciertas gasolineras y si no estamos cumpliendo con los mecanismos de seguridad que demandan.

Nos pueden multar por repostar si no cumplimos unas normas

Según una información del área legal del Grupo Moure, con más de 30 años de experiencia en el sector de las estaciones de servicio y centros de lavados low cost, “el Reglamento de Circulación establece que solo el personal autorizado puede llevar a cabo el repostaje de combustibles en las estaciones de servicio, contemplando multas de hasta 100 euros para aquellos usuarios que lo hagan sin supervisión”. Eso sí, especifica también que "en ausencia de estos, los usuarios deberán hacerlo con el motor, luces, sistemas eléctricos y teléfonos móviles apagados".

Además, esta regla solo se “aplica únicamente a las estaciones de servicio que no son de autoservicio”, por lo que en este tipo de estaciones de servicio solo los trabajadores están realmente capacitados para manejar los surtidores debido a la peligrosidad que supone su alta capacidad para incendiarse, a no ser que no haya personal de servicio y cumplamos con las normas antes mencionadas. 

Para la mayoría de las nuevas gasolineras o que llevan poco tiempo en funcionamiento estas reglas no se suelen aplicar, ya que suelen estar acogidas a la normativa de las estaciones autoservicio.

El Real Decreto que regula el suministro de carburantes en gasolineras

Concretamente, las normas que autorizan el repostaje individual de combustible están recogidas en el Real Decreto 706/2017 (que se puede consultar en el BOE), que aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 04. En este texto se establece una normativa que “permite el autoservicio en estaciones de servicio desatendidas bajo ciertas condiciones de seguridad”.

Según explica el Grupo Moure, la regulación se desarrolla en el Capítulo XIII del citado Real Decreto, cuyo artículo 13.3 indica que "se dispondrá en un lugar visible para los clientes un cartel con las instrucciones, suficientemente claras e inteligibles, de funcionamiento, de tratamiento de incidencias y de actuación en caso de emergencia".

Captura del artículo del BOE con la normativa | BOE

No hay sanciones para las gasolineras de autoservicio, solo para las que no lo son

Solo en estas estaciones clasificadas como de autoservicio se contempla que “los usuarios tienen la capacidad y la autorización para realizar el repostaje de sus vehículos sin la necesidad de asistencia directa por parte del personal de la estación, siempre y cuando sigan las instrucciones proporcionadas”. Por tanto, quienes reposten en gasolineras de este tipo no se enfrentan a ninguna sanción.

Por el contrario, el Reglamento de Circulación sí prevé sanciones de hasta 100 euros para aquellos conductores que reposten por su cuenta en gasolineras o estaciones que no estén homologadas o catalogadas como de autoservicio, y que además no cumplan con las medidas de seguridad exigidas, como apagar el motor, las luces, los sistemas eléctricos y los teléfonos móviles. En resumen, echar gasolina sin respetar esas condiciones en instalaciones no habilitadas puede suponer una multa de hasta 100 euros. Avisados estáis.

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Últimas noticias