El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que garantiza el acceso a la sanidad pública para personas extranjeras que residen en España sin autorización administrativa. La medida, impulsada por los ministerios de Sanidad y de Inclusión, busca reforzar el carácter universal del Sistema Nacional de Salud y eliminar trámites y obstáculos administrativos que, según el Gobierno, dificultaban recibir atención médica.
La nueva norma busca corregir los problemas que habían surgido al aplicar el Real Decreto-ley 7/2018 aprobado en 2018 por el Gobierno de Pedro Sánchez, que recuperó el acceso universal a la sanidad después de que la reforma de 2012, impulsada por el Ejecutivo del Partido Popular de Mariano Rajoy, lo restringiera. Según el Ejecutivo, durante estos años las comunidades autónomas han aplicado criterios diferentes, lo que ha provocado retrasos y situaciones en las que algunas personas quedaban sin cobertura sanitaria.
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Cómo se podrá solicitar el acceso a la sanidad pública
El decreto facilita el acceso a la sanidad pública mediante un trámite más sencillo. La persona interesada solo tendrá que presentar una declaración responsable, un documento en el que afirma que no tiene cobertura sanitaria por otra vía ni puede recibirla desde otro país.
Una vez entregue esta solicitud, recibirá un documento provisional que le permitirá acceder de inmediato a la atención sanitaria pública en cualquier comunidad autónoma, mientras la Administración revisa su caso.
Para acreditar la residencia en España se establece como documento preferente el certificado de empadronamiento, aunque la norma permite usar otros documentos si no se dispone de él, como certificados de escolarización, informes de servicios sociales, facturas de luz, agua o teléfono, o documentos del consulado.
La Administración tendrá un máximo de tres meses para responder a la solicitud. Si en ese tiempo no hay respuesta, se entenderá que la petición ha sido aceptada automáticamente.
Protección para colectivos vulnerables
El texto también refuerza la protección sanitaria de colectivos considerados especialmente vulnerables. Tendrán acceso garantizado e inmediato los menores de edad, las mujeres embarazadas con atención durante el embarazo, parto y posparto, así como acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, y las víctimas de violencia de género, violencias sexuales o trata de seres humanos.
Asimismo, se contemplan medidas para facilitar los trámites a personas con discapacidad mediante formatos accesibles y apoyos específicos.
Cambios en el copago ortoprotésico
Este real decreto introduce además cambios en el copago ortoprotésico, como prótesis o sillas de ruedas. A partir de ahora, las personas que ya no pagan copago en los medicamentos, por ejemplo, pensionistas con rentas bajas o personas con discapacidad, tampoco tendrán que pagarlo para estos productos.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y, según el Gobierno, es un paso más para reforzar el acceso universal a la sanidad pública en España.