Denuncia a sus vecinos por tener gallinas pegadas a su casa y perros que le molestaban con sus ladridos: tendrán que cambiarlas de ubicación y pagarle 1.500 euros por daños morales

La justicia considera que los ladridos continuos durante la noche, la falta de vigilancia de los perros y la proximidad de las gallinas a la vivienda va en contra de los límites de la convivencia.

Gallinas en un jardín |Envato
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La Audiencia Provincial de Guadalajara ha dado la razón a un vecino que denunció al propietario de la casa colindante por la las molestias constantes causadas por gallinas, perros y materiales apoyados en su valla. Durante años convivió con los ruidos y malos olores y ahora la justicia considera acreditada las quejas y los vecinos tendrán que indemnizarles con 1.500 euros, ubicar a las gallinas en otra parte de la casa, entre otras acciones, que garanticen el descanso y a la tranquilidad doméstica.

Según la sentencia de 16 de julio de 2025, el hombre denunció que los vecinos de la parcela colindante tenían gallinas a escasos metros de su vivienda, perros que ladraban sin control, especialmente por la noche, y que incluso llegaron a tener un caballo. Además, denunció que apoyaban estructuras y materiales en su muro, lo que le impedía su uso y generaba deterioro. 

Los vecinos, por su parte, negaron haber causado molestias y alegaron que el caballo solo estuvo durante la pandemia, que las gallinas estaban registradas y que el muro en cuestión era medianero. Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Guadalajara dio la razón a estos al considerar que las conductas denunciadas no superaban “los límites de la normal convivencia entre vecinos”.

Los ladridos de los perros durante la noche y la cercanía de las gallinas a la casa va en contra de exigencias mínimas de la convivencia

La Audiencia Provincial de Guadalajara, por su parte, consideró acreditado que los ruidos nocturnos de los perros, la proximidad del gallinero y el uso indebido del muro afectaban al descanso y vulneraban el derecho a disfrutar de su vivienda en condiciones normales de tranquilidad.

Argumentó que según el artículo 1902 del Código Civil, se apreciaba culpa en la conducta de los vecinos. Además el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal  prohíbe actividades molestas o dañinas para la finca. Por otro lado, el artículo 18.1 de la Constitución Española, protege la intimidad y la inviolabilidad del domicilio, y este derecho “se ve menoscabado cuando el entorno residencial se altera por ruidos continuos, olores persistentes o actos de ocupación material no consentida”.

Para la  audiencia “los ladridos continuos durante la noche, la falta de vigilancia y la proximidad del gallinero constituyen molestias objetivas, contrarias a las exigencias mínimas de convivencia”.

Por ello, ordenó que los vecinos tendrían que cambiar la ubicación de las gallinas, modificar la custodia de los perros para evitar ruidos nocturnos, y retirar los objetos y estructuras apoyadas en el muro, absteniéndose de volver a utilizarlo como soporte. Además, fijó una indemnización por daño moral de 1.500 euros, considerando que las molestias vulneraron el derecho al descanso y a la tranquilidad doméstica. 

No obstante, la sentencia emitida no fue firme y contra ella cabía interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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