El testamento vital es un documento en el que la persona escribe su voluntad sobre qué tratamientos quiere o rechaza cuando el deterioro de su salud sea irreversible y haya perdido la capacidad de tomar decisiones. Además, en el caso de expresarlo con claridad también se puede indicar en este documento que se desea recibir ayuda para morir con una eutanasia y morir dignamente.
En nuestro país el testamento vital adquirió estatus legal con la ley 41/2002 en su artículo 11 que regula los registros de carácter público denominados registro de instrucciones previas en todas las Comunidades Autónomas y su registro Nacional.
Por ello, en consecuencia, las distintas Comunidades realizan la aplicación de la ley con su propia normativa, por lo que siempre se debe consultar a la hora de escribir un testamento con sus propios requerimientos.
Este documento oficial que refleja las voluntades se llama de una forma diferente dependiendo de la Comunidad Autónoma donde se redacte. Así bien estos son los nombres con los que se conoce en los diferentes puntos de España:
- Andalucía: Voluntades Vitales Anticipadas
- Canarias: Manifestación Anticipada de Voluntades
- Cantabria: Voluntades Previas
- Extremadura: Expresión Anticipada de Voluntades
- Asturias, Castilla León, Galicia, La Rioja, Madrid y Murcia: Documento de Instrucciones Previas (II PP).
- Aragón, Baleares, Castilla la Mancha, Cataluña, Euskadi, Navarra y Comunidad Valenciana: Documento de Voluntades Anticipadas (DVA).
En este documento vital la persona puede reflejar las voluntades previas siguientes:
- Las instrucciones o límites sobre los cuidados médicos que se desean recibir cuando las facultades se vean mermadas.
- Destino del cuerpo y de los órganos, se puede reflejar la voluntad de donarlos.
- Si se desea ser enterrado o incinerado
- Nombre del representante autorizado para ayudar a interpretar, en su caso, las instrucciones de este testamento vital y decidir cuando no se haya previsto.
- Cualquier otra consideración siempre que no sea contraria a las leyes o a la buena práctica clínica.
¿Cómo se hace un testamento vital?
Existen 3 formas posibles de hacer un testamento vital:
- Hacer una escritura pública ante Notario, lo cual supondrá un coste económico más o menos considerable, en torno a los 150 euros.
- Redactar un documento privado ante tres testigos que cumpla los siguientes requisitos.
- Tener la capacidad de obrar.
- Dos de ellos no podrán ser padre, hijo, tío o sobrino del testador.
- No tener relación patrimonial con el testador o declarante.
- Ante un funcionario público habilitado en el Registro de nuestra Comunidad Autónoma.
Esta última opción es la más sencilla y económica que elige la mayoría de los interesados, y es la de presentarlo ante los servicios públicos de salud de nuestra propia Comunidad Autónoma como se detalla a continuación.
El primer paso para hacer un testamento vital es ponernos en contacto con el centro sanitario de nuestra Comunidad Autónoma dependiente de la Consejería de Salud.
Así bien, si residimos en Andalucía, será el SAS quien nos facilite los modelos oficiales de Voluntades Vitales Anticipadas de los que disponen para poder cumplimentarlos correctamente. O si residimos en Madrid, es posible acceder al portal web de la Comunidad de Madrid y ampliar la información sobre las Instrucciones Previas.
Una vez leídos detenidamente y cumplimentados estos impresos con las últimas voluntades, deberemos de presentarlos en el Registro general de los servicios públicos de salud. Ante cualquier cuestión una vez los presentemos, el empleado podrá solventar cualquier duda al respecto que pueda surgir.
Es importante señalar que, las voluntades que en este documento se reflejen tendrán validez plena desde el mismo momento en que entreguen en este registro de los servicios de salud públicos.
¿Es posible hacer el testamento vital online?
No es posible hacer íntegramente el testamento vital online. La Consejería de Salud si que pone a disposición del interesado, a través del portal web de los servicios públicos de salud, los documentos en formato online para poder descargarlos y cumplimentarlos detenidamente, pero posteriormente estos deben de presentarse presencialmente ante el Registro público, no es posible presentarlos de manera telemática.
¿Cuánto cuesta hacer un testamento vital?
El coste de un testamento vital dependerá de la vía que se elija para hacerlo. Como comentábamos anteriormente la más rápida y económica es optar por hacerlo a través de los servicios públicos de salud de nuestra Comunidad Autónoma, lo cual no tendrá ningún coste.
Si optamos por hacer un testamento vital y lo gestiona un abogado y posteriormente un notario, habrá que pagar unos honorarios y tasas que ascienden a un precio medio de 150-200 euros.
¿Se puede modificar un testamento vital?
Si es posible modificarlo en cualquier momento, siempre y cuando la persona afectada por este testamento se encuentre en sus plenas facultades de decisión.
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