El Gobierno ha aprobado que los trabajadores en ERTE y los afectados por cese de negocio puedan acceder a cobrar su Plan de Pensiones de manera anticipada. Este rescate está provocado por la pandemia sanitaria del coronavirus y ha sido aprobado de manera temporal.
Como condición, no poder disponer de cantidades superiores a lo que se hubiera cobrado al no estar afectado por ERTE o, si es trabajador autónomo, a los ingresos dejados de percibir durante la crisis sanitaria. La medida excepcional ya fue publicada en el BOE del último día del mes de marzo, que también estima el plazo para poder pedir el dinero en los seis meses posteriores a la declaración del Estado de Alarma.
El Presidente del Gobierno decretó esta medida el pasado 14 de marzo, por eso la cuantía podrá ser reclamada hasta el 14 de septiembre.
¿Puedo rescatar mis ahorros del Plan de Pensiones?
Ya cuenta con el respaldo del BOE, que especifica que esta medida podrá hacerse efectiva sólo en esta serie de casos:
- Desempleados que se hayan quedado sin trabajo como consecuencia de un Expediente de Regulación de Empleo, ERTE, derivado de la pandemia sanitaria del coronavirus. Actualmente, ya quedaba reconocida esta prestación para aquellos parados de larga duración que la necesitasen debido a que ya no contaran con prestación o ayuda económica de ningún tipo.
- Ser el empresario titular de establecimientos afectados que hayan perdido su atención al público a causa del confinamiento provocado por el coronavirus.
- Trabajadores autónomos que hayan estado integrados previamente en un régimen de la Seguridad Social y se hayan visto obligados a cesar su actividad a consecuencia de la pandemia.
Ahora bien, el beneficiario del Plan de Pensiones debe analizar si realmente le conviene sacar el dinero de esa cuenta. El motivo no es otro que el IRPF. El Plan de Pensiones desgrava de la Renta cuando se aporta pero al sacarlo debe tributar como rentas de trabajo a un tipo que oscila entre el 19% y el 45%.
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