La Comunidad de Madrid vuelve al confinamiento en 37 áreas sanitarias. El alto volumen de contagios por coronavirus en la capital y la aparición de los rebrotes comunitarios llevan a la aparición de zonas confinadas, o barrios confinados en Madrid.
En estas zonas restringidas de Madrid, la movilidad está muy limitada y en muchos casos es necesario contar con un justificante de movilidad Covid, para evitar sanciones. La duración de este confinamiento en Madrid es de 14 días. Pasado este tiempo, se realizarán nuevas pruebas para ir volviendo a la normalidad.
Estas pruebas deberán demostrar que en estas 37 áreas o zonas confinadas en Madrid el número de contagiados por Covid19 desciende, dejando de ser un peligro para la población en riesgo.
La ratio en la que se escuda la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, para ordenar la aparición de los distritos confinados, es la de los contagios por coronavirus que superan los 1.000 por 100.000 habitantes en las dos últimas semanas.
Con estas medidas sanitarias en Madrid, las nuevas restricciones dejarán sin libertad de movimientos a 855.193 personas. El aforo en espacios cerrados es del 50% y los parques y jardines echarán el cierre.
¿Cuáles son las zonas confinadas en Madrid?
Las restricciones en la Comunidad de Madrid afectan a 26 barrios confinados en la capital y 11 localidades anejas que se convierten de este modo en zonas restringidas también. Las 26 áreas sanitarias de la capital confinadas están en los distritos de Carabanchel, Usera, Villaverde, Villa de Vallecas, Puente de Vallecas y Ciudad Lineal.
Por otro lado, las 11 zonas sanitarias confinadas restantes están en las localidades de Fuenlabrada, Humanes, Moraleja de Enmedio, Parla, Getafe, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas.
Precisamente esta mañana, día 21 de septiembre, a partir de las 12:00 horas, la presidenta de la Comunidad de Madrid tratará esta situación, así como la opción de hacer pruebas PCR en los distritos confinados, con el presidente Pedro Sánchez.
Luego, los madrileños estarán pendientes de la comparecencia de Díaz Ayuso para explicar esta charla, así como las medidas tomadas en Madrid.
Multas de entre 6.000 y 600.000 euros por saltarse el confinamiento
Las sanciones por incumplir los confinamientos en Madrid pueden subir a multas de 6.000 a 600.000 euros para quien se salte estas medidas restrictivas.
Respecto a todos los vecinos de la Comunidad de Madrid, las reuniones sociales tendrán un límite de asistencia de 6 personas.
Por otro lado, en lo que refiere a los residentes en alguna de las zonas confinadas de Madrid, aparecen nuevas restricciones a la movilidad, así como normas de control de aforo en locales y reuniones más estrictas.
Los que tengan que acudir a centros educativos, lugares de trabajo o cualquier otra excepción de las permitidas por la norma, tiene que presentar el justificante de movilidad Covid para Madrid.
¿Qué tengo que hacer si vivo en una zona confinada en Madrid?
Lo primero, debes saber que ya cuentas con experiencia previa. Lo que pasó en marzo con el Estado de Alarma y el miedo a que éste vuelva a repetirse hace que muchos de los vecinos sepan ya las normas básicas de comportamiento en el caso de estos nuevos confinamientos en Madrid.
Referente a las restricciones de movilidad, en los distritos confinados de Madrid, queda controlada absolutamente la entrada y salida por motivos laborales. Es decir, si trabajas en Madrid y debes acudir a tu puesto de trabajo, y éste no ofrece la posibilidad de trabajar en casa, tendrás que presentar tu justificante.
Además, podrán salir por acceso a centros educativos, la vuelta al cole, cuidado de personas mayores dependientes, acceso a entidades de seguros, legales o administrativas, realización de exámenes. Las autoridades sanitarias responsables de estas nuevas restricciones en Madrid, recomiendan evitar desplazamientos innecesarios.
Aforo de un 50% en locales de hostelería
Las zonas confinadas de Madrid tendrán que cambiar algunas cosas de las que estaban llevando a cabo con la llegada de la nueva normalidad tras el Estado de Alarma del mes de marzo. Las empresas de hostelería, con la mayor parte de trabajadores en ERTE, es una de las más afectadas.
Por eso, aparecieron los llamados ERTE de rebrote. A esta nueva modalidad de Expediente de Regulación Temporal de Empleo podrán acogerse aquellas empresas del sector hostelero o turístico con problemas económicos tras las nuevas medidas de Salvador Illa para el cierre del ocio nocturno en España.
Por otro lado el aforo en los templos queda reducido al 30%, mientras que en los locales de hostelería se prohíbe consumir en la barra y el aforo en el espacio restante queda al 50%. Los velatorios, 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados.
Comercios con aforo limitado al 50% y hora obligatoria de cierre a las 22:00 horas. Aunque, en el caso de servicios esenciales podrán hacer excepciones. Estos son: farmacias, médicos, veterinarios o gasolineras, por ejemplo.
Centros de enseñanza como las academias, es decir, fuera de los que abarca la vuelta al cole en Madrid, el aforo se reduce al 50% limitando grupos a 6 alumnos.
Y respecto a las instalaciones deportivas también baja el aforo al 50% reduciéndose el número de personas que realizan las actividades a 6 deportistas.
Recuerda que, para estar informado de todo lo que pasa en España laboralmente tras la pandemia sanitaria del coronavirus y la recuperación económica, puedes consultar noticiastrabajo.es.
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