Las elecciones generales se celebran el próximo domingo 23 de julio y son muchos trabajadores los que tiene que trabajar en fines de semana. Al coincidir con los comicios, estos siempre se preguntan si pueden pedir permiso para ir a votar o si la empresa les puede negar su derecho a voto y obligarles a trabajar durante toda su jornada laboral.
Lo primero que hay que saber, como recoge el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, es que los empleados tienen derecho a pedir un permiso retribuido a su empresa para poder ir a votar. Esto es, pueden ausentarse de su trabajo para ejercer su derecho a voto y no perderían nada de salario por ello.
Ahora bien, solo podrán solicitarlo las personas que tengan que trabajar en domingo y cuya jornada laboral coincida en un determinado número de horas con el plazo de tiempo con el que cuenta la ciudadanía para ejercer el sufragio. Explicado de forma más sencilla, no se tiene que trabajar todo el domingo de las elecciones para poder pedir este permiso, pero sí que, dependiendo del número de horas que coincida nuestra jornada con los comicios, el permiso será de más o menos horas.
Permiso retribuido para ir a votar: de cuánto es
Cuanto menos tiempo quede para ir a votar, de mayor duración será el permiso retribuido, siendo el máximo posible que se puede disfrutar de 4 horas. Tal como establece el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, este es el tiempo por el que legalmente podremos ausentarnos del trabajo para ir a votar, teniendo en cuenta que el horario para ejercer el voto es de 09 a 20 horas:
- Si el horario no coincide con el de la votación o lo hace por menos de 2 horas: no se tiene derecho a permiso retribuido.
- Si el horario coincide entre 2 y 4 horas: permiso retribuido de 2 horas.
- Si el horario coincide entre 4 y 6 horas: permiso retribuido de 3 horas.
- Si el horario coincide 6 horas o más: permiso retribuido de 4 horas.
Como se ha explicado, se trata de un permiso retribuido, por lo que el trabajador cobrara exactamente lo mismo que si estuviera trabajando toda la jornada. En el caso de los empleados que hayan sido nombrados presidentes o vocales de las mesas electorales, recordar también que se tiene derecho a una reducción de jornada de 5 horas el día posterior, en este caso el lunes 24, independientemente de si se trabaja en turno de tarde o mañana. También tienen derecho a esa reducción de jornada los empleados que trabajan de noche y tuvieran que hacerlo la noche del domingo al lunes (tras las elecciones).
Qué hacer si mi empresa no me deja ir a votar
En caso de que, aun teniendo derecho a pedir este permiso retribuido, la empresa nos niegue el derecho a ir a votar, hay que presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo. Si creemos que va a haber problemas por ejercer nuestro voto, se debe presentar un escrito con la solicitud del permiso con un acuse de que la empresa lo ha recibido.
Así, se tendrá una prueba de que la petición del permiso se ha efectuado pero la compañía lo ha negado, aunque no tenga potestad para ello. De demostrarse que ha sido así, se podría considerar una falta grave. De hecho, en caso de que el empleador amenace con el despido o cualquier otra represalia contra el trabajador, se podría considerar un delito electoral castigado incluso con pena de prisión o multa de 12 a 24 meses.
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