El Juzgado de lo Social número 8 de Valencia ha obligado a la empresa Ilunion Servicios Industriales SL a pagar 30 euros a cada uno de sus trabajadores en concepto de complemento salarial ‘cesta de Navidad’. El sindicato CSIF fue quien interpuso una reclamación ya que, en el año de la pandemia sanitaria, la empresa dejó de entregar este tradicional regalo a sus trabajadores.
Fue en 2020 cuando, con la llegada de la covid, los empleados se quedaron sin cesta de Navidad, pero se acordó con el comité de empresa que se iba a abonar un dinero extra en la cuenta corriente de los trabajadores. Este acuerdo cifraba en 30 euros la cuantía que recibirían los afectados en concepto de complemento salarial en la nómina.
Pero, según señala el sindicato, “la empresa hizo una interpretación interesada de este acuerdo”. Y pagó el complemento, sí. Pero sólo a quienes estaban de alta en la empresa en 2020. Aquí es donde está el problema porque ¿qué pasa con los que llegaron después de esta fecha?
La empresa debe pagar 30 euros a todos los trabajadores
La sentencia ha determinado que este complemento por la cesta de Navidad (30 euros) debe aplicarse a todos los trabajadores “independientemente de su fecha de llegada a la empresa”. Esto es así porque no se trata de una actividad concreta, desempeñada por cualquiera de los miembros de la plantilla y por eso no queda justificada una diferencia de trato.
El tribunal ha ordenado a la empresa que pague 30 euros a cada trabajador que haya sido dado de alta desde un año antes a la reclamación elevada por CSIF ante el Tribunal de Arbitraje Laboral.
Aunque la demanda la presentó CSIF, contó con el respaldo de CCOO y de UGT.
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