Envía su CV y le preguntan su edad, nacionalidad, si ha estado de baja alguna vez y si tiene enfermedades: “Es solo para tenerlo en cuenta, si tanto te ofende será por algo”

Distintas leyes españolas impiden a los empleadores o empresas preguntar por estas cuestiones en una entrevista o proceso de selección. La Inspección de Trabajo podría actuar y sancionar.

Algunos de los mensajes entre la empresa y la candidata |X (Twitter)
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La hostelería experimenta una escasez de trabajadores sin precedentes, con miles de vacantes que se quedan sin cubrir en bares, restaurantes y hoteles de toda España. Una situación que los propios trabajadores relacionan con la precariedad laboral que arrastra este sector desde hace años, con salarios bajos, jornadas interminables, malos horarios y condiciones que dificultan la conciliación y estabilidad.

Así, no son pocos los casos que se hacen virales de camareros y cocineros que, ya en el proceso de selección, han visto sus derechos laborales vulnerados. Un ejemplo reciente lo ha expuesto Jesús Soriano, más conocido en redes sociales como ‘Soy Camarero’, quien ha publicado una conversación donde se puede ver que la empresa solicita información personal que está prohibido por ley requerir.

El puesto que necesitaban cubrir era el de “cocinera con experiencia” y, ya en el primer mensaje con la candidata, le pidieron que les dijera su nacionalidad, edad, si estuvo alguna vez de baja médica durante su vida laboral, si tiene alguna enfermedad “que necesite revisión continua” y referenciasTodas ilegales a excepción de la última, tal y como se explica al final.

“Si tanto se ofende será por algo, buscamos a una persona que tenga buena salud y no tenga enfermedades”

La empresa intentó justificarse en que había recibido “muchísimas” solicitudes y, por ello, habían establecido fases de selección para posteriormente realizar una prueba. Ante estas preguntas, la candidata, incrédula, les espetó que esa información era confidencial: “Eso es información personal y médica, ¿qué me está contando?”.

A lo que la compañía le contestó: “Simplemente le he preguntado si en algún momento estuvo de baja y si tiene alguna enfermedad. Pero vamos, si tanto se ofende será por algo. Nosotros buscamos a una persona que tenga buena salud y que no tenga enfermedades que pongan en riesgo su salud en el trabajo, exponga lo que le dé la gana, nosotros buscamos trabajadores y gente que quiera trabajar”. 

La candidata, todavía más indignada, les reprochó que esas preguntas son ilegales y que todo, encima, para contratar al personal “por tres duros”, indicándoles que “no tengo que contar mi vida personal absolutamente a nadie”.

“No, si tu vida no nos interesa. Solo nos interesa si tienes enfermedades. Además, son preguntas que se hacen para trabajar en manipulación de alimentos”, fue lo que le contestó la empresa, si bien la mujer estaba en lo cierto y, según la ley, ningún empleador o empresa puede requerir ese tipo de información.

La candidata podría denunciar a la Inspección de Trabajo

La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) establece en su artículo 16 como acción muy grave “solicitar datos de carácter personal en los procesos de selección o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de sexo, origen, incluido el racial o étnico, edad, estado civil, discapacidad, religión o convicciones, opinión política, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, afiliación sindical, condición social y lengua dentro del Estado”.

De ese modo, en este caso, que es en el que se encontró la mujer en el caso narrado, se podría denunciar ante la Inspección de Trabajo. Estas preguntas del ámbito privado, además de que están sancionadas citada ley, pueden vulnerar el principio de igualdad establecido en el artículo 14 de la Constitución Española: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Además, el artículo 16 de la Constitución (Derecho a la intimidad), protege el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Por lo que preguntar sobre salud, por ejemplo, violaría directamente este artículo. También cabe mencionar la Ley de Empleo 3/2023, que refuerza la protección en el momento de buscar trabajo y establece como principio rector la garantía de igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, prohibiendo la discriminación por cualquiera de las causas mencionadas.

En último lugar, hay que mencionar también la Ley 15/2022 para la igualdad de trato y la no discriminación, más concreta incluso que las anteriores. En su artículo, se recoge que “no podrán establecerse limitaciones, segregaciones o exclusiones por razón de las causas previstas en esta ley para el acceso al empleo por cuenta ajena, público o privado, incluidos los criterios de selección” pero, además, se establece expresamente que “el empleador no podrá preguntar sobre las condiciones de salud del aspirante al puesto”.

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