Hay decisiones que parecen de puro sentido común y que, sin embargo, acaban saliendo carísimas. Pedir el paro que corresponde tras años cotizados, marcharse al extranjero a probar suerte y empadronarse para empezar una nueva vida es algo más común de lo que parece. Sin embargo, un simple paso en falso puede trasformar esa decisión en una deuda de 1.200 euros con la Seguridad Social.
Esto es justo lo que le ha ocurrido a una joven que, un año y medio después de salir de España y asentarse en Bélgica, recibió una carta de la Seguridad Social por un “pequeñito error” que le costó miles de euros.
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Estaba convencida de haber hecho todo bien, pero la administración tuvo otra opinión. Aunque la joven defiende que ese paro es “un dinero que sale de su sueldo de cada mes trabajado”, el Estado lo ha sentenciado con otra opinión: ahora es una prestación cobrada de forma indebida que debe devolver por completo.
El “detallito” que lo cambia todo
El problema real no fue la intención, sino el papeleo. Antes de irse a Bélgica, la joven pasó por la oficina de empleo en España para avisar de su traslado y pedir que le enviaran allí su prestación. Estaba convencida de que los pasos eran los correctos: le correspondían varios meses de paro, pero apenas llegó a cobrar dos o tres antes de que todo se torciera.
Siguiendo el consejo de un conocido, decidió empadronarse en Bélgica antes de cerrar todos los trámites en España para “ganar tiempo”. Ese gesto, aparentemente práctico, fue su sentencia.
Al fijar su residencia oficial en otro país mientras seguía cobrando el paro español, las fechas dejaron de encajar ante la Administración: “Ese fue mi gran error”, admite la mujer. “Al empadronarme aquí, yo aún estaba empadronada en España”, dice.
La trampa de la letra pequeña
La normativa dicta que para llevarse el paro a la Unión Europea no basta con avisar. Primero hay que tramitar la exportación, esperar la aprobación oficial y, solo entonces, registrarse en el destino. Sin embargo, la joven hizo todo lo contrario: se empadronó en Bélgica y, una semana después, volvió a España para “entregar mi departamento” y formalizar el traslado.
Ese desorden de fechas fue letal. La respuesta de la Administración fue que era una “prestación de manera indebida”. “Yo le dije: ¿qué prestación indebida? En nueve años que estuve allí solo he cobrado el paro una vez y fue cuando vine para acá… ese fue el detallito”, explica. Para el sistema, cualquier euro recibido tras fijar su residencia en el extranjero sin el trámite previo es un cobro irregular.
Aunque ella defiende que ese dinero “no es un regalo, es una prestación que se te dona de unos impuestos retenidos”, la ley exige su devolución íntegra si no se cobra de forma adecuada. La deuda, ahora, asciende a 1.200 euros, una cifra astronómica que, al menos, le permiten pagar a plazos. “Aquí no perdemos el control por nada… el dinero está hecho, eso se paga”.
Este es un caso que ocurre con más frecuencia de lo que parece debido a la rigidez de la normativa sobre exportación de prestaciones. Aquí tienes los datos y la base legal para fundamentar ese artículo:
El "pequeño error": La trampa de la comunicación previa
El error de esta joven suele residir en el Artículo 213 de la Ley General de la Seguridad Social. Para trasladar el paro al extranjero (Bélgica, en este caso) no basta con "avisar" o creer que el proceso es automático por ser la UE.
La regla de los 15 días: Si sales de España más de 15 días naturales al año sin autorización previa del SEPE, la prestación se suspende o se extingue.
Exportación formal (U1): Para irte a buscar trabajo a Bélgica y seguir cobrando, debes solicitar el formulario U1 o U2. Si te vas sin que el SEPE dicte una resolución de "autorización de exportación", cualquier euro cobrado desde el día que cruzaste la frontera se considera un cobro indebido.
Las cifras de la deuda: ¿Por qué 10.000 euros?
La cifra de 10.000 euros no es arbitraria. Cuando la Seguridad Social detecta el error (muchas veces al cruzar datos de residencia o vuelos), reclama:
El principal: El total de las mensualidades de paro recibidas mientras estaba en Bélgica.
Las cotizaciones: El SEPE también reclama las cuotas de Seguridad Social que pagó por ella en ese tiempo.
El recargo: Si no se devuelve en el plazo voluntario, se aplica un recargo del 20% sobre la deuda inicial.
Datos oficiales en España (2025-2026)
Cobros indebidos: Según el Tribunal de Cuentas, el SEPE gestiona anualmente cientos de millones de euros en cobros indebidos. La causa principal es la "omisión del deber de comunicar bajas", donde entran los traslados al extranjero.
Control fronterizo y digital: Desde 2024, el cruce de datos entre el Registro de Matrícula Consular y la Agencia Tributaria se ha automatizado, lo que hace que estos "pequeños errores" salten casi de inmediato.
Plazo de prescripción: La Seguridad Social tiene 4 años para reclamar este dinero. Muchos jóvenes reciben la carta años después, cuando ya se han gastado el dinero y están asentados en el extranjero.
Resumen para el artículo
"El drama de estas reclamaciones es que Hacienda y la Seguridad Social no juzgan la intención, sino el procedimiento. Irte a Bélgica pensando que el paro 'te sigue' sin tener el documento de exportación sellado se traduce legalmente en una infracción grave, que conlleva la devolución íntegra de lo percibido más los recargos correspondientes".