Rechazar la reincorporación al puesto de trabajado va a salir caro para los trabajadores fijos discontinuos, sobre todo cuando en esos periodos de inactividad cobran la prestación contributiva por desempleo (el paro) del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Ahora, la administración, dependiente del Ministerio de Trabajo, puede tomar la decisión de suspender el cobro de la ayuda.
No hay que perder de vista que un trabajador fijo discontinuo no es un trabajador concentrado temporal, sino que su contratación es indefinida, solo que se suspende y activa en función de las campañas. Por ejemplo, las ‘Kellys’ o trabajadores de la hotelería en determinadas zonas turísticas. Si están de baja laboral, tienen derecho a cobrar el paro si suman más de 360 días cotizados, entre otras exigencias.
Cabe recordar que durante el periodo de inactividad, la persona fija discontinua debe mantener y reactivar su condición de demandante de empleo en las oficinas autonómicas de empleo de la comunidad autónoma donde resida. Es lo que se conoce como renovar la tarjeta DARDE y no hacerlo conlleva multas o incluso la suspensión de la prestación.
El problema al que se enfrentan los fijos discontinuos que rechazan volver al trabajo y cobran el paro
El problema viene cuando al inicio de una nueva campaña, mientras reciben la prestación, rechazan la incorporación a sus puestos de trabajo, por lo que el SEPE actúa suspendiendo el cobro de la ayuda. El motivo que explican es porque las prestaciones solo pueden recibirlas las personas que suscriben el compromiso de actividad y están en búsqueda activa de empleo. Es decir, aquellas que solo están desempleados de forma involuntaria.
Y es que el principal objetivo de cobrar el paro es ayudar a la persona a encontrar un nuevo empleo mientras se forma. No hay que tomarlo como un premio económico después del trabajo. Es cierto que en justificadas ocasiones puede negarse a la formación, aunque corresponde a los Servicios Autonómicos de Empleo determinar si es posible o no.
¿Cómo volver a reanudar el cobro de la prestación? ¿Hay que solicitar una nueva?
Una vez finalizada la campaña, los trabajadores con este contrato indefinido especial pueden optar por reanudar la prestación si la tenía aprobada, siempre que no haya extinguido la duración a la que tuvieran derecho (un máximo de dos años). Si ha cotizado un mínimo de 360 días puede volver a solicitar el paro.
De esto se deduce que aunque no se extinga la prestación anterior, puede cobrar una nueva siempre que vuelva a demostrar que cumplir con el periodo mínimo de cotización por contingencias profesionales obligatorio (un año). Los fijos discontinuos que vieron suspendida la prestación deben entender que está extinguida.
Pero, si acaba la campaña, puede solicitar la reanudación de la que estaba suspendida y percibirá las mensualidades pendientes. El SEPE confirma que los tiempos cotizados desde que se inició el derecho a la ayuda se mantienen para una posterior.
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