Recibe el usufructo de una vivienda como herencia, pero acaba condenado a pagar 5.800 euros por incumplir un legado: debía pagar 350 euros al mes a su hermana y cuidar a la mascota de su madre

El heredero incumplió parcialmente la carga económica impuesta en el legado y esto le obliga a abonar a su hermana las mensualidades que le debe.

Una anciana con un perro |Envato
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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un hombre a pagar 5.800 euros a su hermana tras recibir en herencia el usufructo temporal de una vivienda familiar y no cumplir correctamente la carga impuesta en el testamento de su madre. La fallecida le permitió disfrutar del inmueble durante cinco años, pero a cambio debía abonarle 350 euros mensuales a su hermana y hacerse cargo de su mascota, llamada “Condesa”.

Según la sentencia de 9 de octubre de 2025, la madre otorgó un legado a favor de su hijo, concediéndole el usufructo de una vivienda en Madrid con una carga expresa, abonar mensualmente 350 euros a su hija mientras durase el mismo o hasta la venta del inmueble. La hermana reclamó judicialmente 9.500 euros, al considerar que su hermano no había cumplido con la obligación económica desde el fallecimiento de la madre en enero de 2018. El hermano, por su parte, alegó que existía un acuerdo de compensación entre ambos relacionado con un vehículo adquirido formalmente a su nombre, lo que justificaría que no abonara íntegramente la cantidad prevista en el testamento.

El Juzgado de Primera Instancia nº 74 de Madrid desestimó la demanda al considerar que las partes habían aceptado compensaciones recíprocas y que no procedía reclamar posteriormente cantidades que habrían quedado neutralizadas por esos acuerdos.

El hijo debía cumplir desde la muerte de su madre con el pago mensual impuesto en el legado

La Audiencia Provincial de Madrid revocó parcialmente esa decisión, aclarando que el legado no dependía de una aceptación formal posterior, sino que se adquiría automáticamente desde la muerte del testador.

La Sala se apoyó en el artículo 881 del Código Civil, que establece que el legatario adquiere derecho al legado desde el fallecimiento. Por ello, concluyó que el hijo estaba obligado a pagar los 350 euros mensuales desde enero de 2018, cuando murió su madre, ya que el usufructo estaba gravado con esa carga económica.

El tribunal analizó los pagos realizados y calculó una cantidad total adeudada en 5.800 euros, frente a los 9.500 reclamados inicialmente, que el hijo tendría que pagar a su hermana. No obstante, la sentencia no fue firme y contra ella cabía interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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