Un montador de pladur consigue que la Justicia le permita cobrar la incapacidad permanente tras pasar por quirófano

Un Juzgado de lo Social de Madrid permite que este trabajador de la construcción consiga la incapacidad total a pesar del motivo que puso la mutua para evitar el cobro de la pensión.

Trabajador de la construcción desempeñando su puesto Archivo
Isabel Gómez

En España, cualquier trabajador que sufra un accidente o enfermedad de carácter laboral tiene derecho a cobrar la pensión de incapacidad permanente en la modalidad que le corresponda: parcial, total, absoluta o de Gran Invalidez. Sin embargo, suelen darse con frecuencia situaciones que dejan fuera de la solicitud de la pensión a estos cuando la Seguridad Social o la mutua colaboradora intuye que no se cumplen con alguno de los requisitos.

Una sentencia reciente muestra como un montador de pladur ha llegado a conseguir una incapacidad permanente total tras una dura batalla en los tribunales. Ha sido un juez de un Juzgado de lo Social de Madrid quien ha reconocido esta pensión contributiva al trabajador tras tener que someterse a un tratamiento quirúrgico y a rehabilitación para regresar al mercado laboral, aunque en un puesto distinto al que le originó la discapacidad.

El desacuerdo entre ambas partes viene por el motivo en que la mutua justifica que no tiene derecho a la pensión. No tiene nada que ver con la decisión del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), es decir, con el tribunal médico que lo examinó.

Según el bufete de abogados que ha llevado este caso y que se ha hecho eco hasta la revista Forbes, la mutualidad a la que estaba adscrito esta persona nunca presentó la solicitud de la incapacidad a pesar de que se le rogó iniciar el procedimiento en varias ocasiones. Esto conllevó que el proceso se alargara varios años, a pesar de que la Seguridad Social sí permitía cobrar la prestación.

El accidente laboral ocurrió el pasado julio de 2019, lo que provocó que el trabajador estuviera de baja médica hasta enero de 2020. El alta médica fue impugnada y la incapacidad temporal se extendió hasta marzo de 2020.

Transcurridos dos años y al no existir un límite de plazo para presentar la solicitud de la pensión, tuvo que ser el propio bufete de abogados del afectado quien en diciembre de 2022 envió el expediente de solicitud a la Seguridad Social.

¿Por qué la Justicia le ha permitido cobrar la pensión de incapacidad permanente?

En octubre de 2022, durante un trámite administrativo, la Seguridad Social reconoció que esta persona tenía derecho a dicha pensión por lesiones permanentes invalidantes al trabajador, con derecho a recibir una indemnización.

“El INSS no solo reconoció un baremo mínimo que no tuvo en cuenta las limitaciones reales que el afectado tenía para realzar sus funciones como montador de estructuras de aluminio en altura. No ha sido hasta la vía judicial cuando el juez ha estimado la existencia de una incapacidad permanente total”, apuntan su despacho de abogados.

Pese a haber pasado varios años desde el accidente y la solicitud de la incapacidad permanente total, la justicia ha considerado que la persona sí que tenía derecho a la misma, puesto que no se pudo reincorporar a la profesión habitual. Ahora ejerce como chófer y puede compaginar un trabajo con dicha pensión.

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