Los trabajadores que al llegar a su edad de jubilación ordinaria decidan demorarla verán incrementada su pensión de jubilación. De esta forma, el Instituto Nacional de la Seguridad Social beneficia a quienes opten por seguir trabajando con un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado extra, o bien mediante una cantidad a tanto alzado (pagarlo de golpe) que se cobra en el mismo momento en el que decidan jubilarse. Esta beneficio afectará a todos los trabajadores que acceder a la pensión de jubilación contributiva, es decir aquella a la que se accede con al menos 15 años cotizados.
Así lo regula el artículo 210.2 de la Ley General de la Seguridad Social, el cual fue modificado por la Ley 21/2021, normativa que mejoró los incentivos para aquellos trabajadores que decidieran retrasar su edad efectiva de jubilación a la edad legal. Cabe recordar que antes de esta reforma, las opciones eran más limitadas, pero ahora la normativa permite cobrar este “premio” entre un porcentaje extra mensual vitalicio, un pago único en el momento de la jubilación o, tras las últimas actualizaciones, una fórmula mixta que combina ambas opciones.
Hay que decir sobre este incentivo y que debemos de tener en cuenta, es que se genera por cada año completo que retrase su jubilación respecto a la edad ordinaria que corresponda (recordemos la Ley 27/2011 establece dos, ya sean los 65 años o la que toque según el calendario transitorio de los 67 años). Si se opta por la subida mensual, ese 4% se sumará a la base reguladora para siempre. Si se prefiere el pago único, la Tesorería abonará una cantidad que varía según la pensión inicial y los años cotizados, pudiendo superar los 12.000 euros por año de demora en el caso de las pensiones máximas.
Ahora bien, debemos de tener en cuenta que esto sirve para quienes deciden seguir trabajando por cuenta ajena o propia sin cobrar pensión (es decir, que no hay que confundir con la jubilación activa, que es cobrar parte de la pensión mientras se trabaja). Además, si al aplicar el 4% mensual la pensión resultante superase el tope máximo establecido por ley (cobrar más de la pensión máxima), se podrá recibir la diferencia como un complemento adicional, por lo que se podrá romper ese “tope” de la pensión máxima, que recodemos, no es posible salvo en este caso o que se completa el complemento por brecha de género.
Tabla estimada de incentivos por cada año de retraso en la jubilación
Para los trabajadores que quieran demorar su jubilación, pero no sepan cuánto sería el incremento en la nómina, en la siguiente tabla se puede ver (de forma aproximada) cuánto ganaría un trabajador por cada año que decida retrasar su retiro, conforme a las fórmulas establecidas en el artículo 210.2:
| Pensión inicial estimada (sin bonificación) | Opción A: Subida Mensual (4% adicional de por vida) | Opción B: Cheque Único (Pago único por año de demora) | Aumento anual en la pensión (Opción A en 14 pagas) |
|---|---|---|---|
| 1.000 € / mes | + 40 € / mes | Aprox. 4.500 - 5.000 € | + 560 € / año |
| 1.500 € / mes | + 60 € / mes | Aprox. 6.500 - 7.000 € | + 840 € / año |
| 2.000 € / mes | + 80 € / mes | Aprox. 8.500 - 9.000 € | + 1.120 € / año |
| 2.500 € / mes | + 100 € / mes | Aprox. 10.500 - 11.000 € | + 1.400 € / año |
| Pensión Máxima (aprox. 3.175 €) | + 127 € / mes (complemento) | Aprox. 12.000 - 13.000 € | + 1.778 € / año |
A tener en cuenta que las cifras del pago único son estimaciones basadas en la fórmula actuarial vigente (800xpensión/500)1.65 y no es exacto, ya que puede variar ligeramente, es decir, que es una estimación. Por otro lado, si se acreditan más de 44 años y 6 meses de cotización, el cheque único se incrementa un 10% adicional.
Para los trabajadores que decidan demorar su jubilación, la elección entre cobrar el dinero "de golpe" o "poco a poco" dependerá de sus necesidades. Es decir, la opción del porcentaje mensual (Opción A) suele ser más rentable a largo plazo si el pensionista vive muchos años tras su retiro, mientras que el cheque (Opción B) ofrece liquidez inmediata.
Ahora bien, hay que recordar que también existe una fórmula mixta regulada recientemente, que permite a quienes retrasen su jubilación entre 2 y 10 años combinar ambos incentivos: recibir un incremento mensual (más pequeño, del 2%) y, a la vez, un pago único equivalente a la mitad de lo que le correspondería si eligiera solo el cheque.
Esto es así ya que la normativa busca flexibilizar el retiro, permitiendo que cada trabajador adapte su salida del mercado laboral a sus circunstancias personales, premiando la contribución extra al sistema con un aumento real del poder adquisitivo en la etapa de jubilación.