La Seguridad Social confirma que en 2026 las pensiones máximas y mínimas subirán por encima del IPC: la máxima podría llegar a los 3.356,40 euros

La pensión máxima inicial crecerá por encima de la inflación para quienes se jubilen el próximo año, mientras que las pensiones mínimas darán un nuevo salto para reducir en un 50% la brecha restante con el umbral de la pobreza.

El Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez |EFE
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En 2026, todas las pensiones de la Seguridad Social subirán conforme al Índice de Precios de Consumo (IPC) medio interanual, pero los pensionistas que cobren la pensión mínima o la máxima deben saber que esta crecerá por encima de dicho valor, es decir que la subida se notará más. Así lo recoge el Real Decreto 2/2023 (la conocida como segunda reforma de las pensiones) la cual busca compensar a los trabajadores con salarios más altos que, a partir de ahora, deberán afrontar una cotización mayor debido al “destope” de las bases máximas.

En concreto, la Disposición transitoria trigésima novena del Real Decreto-ley 2/2023 establece que, para quienes causen su pensión en 2026, el límite máximo no solo subirá conforme al IPC, sino que se le sumará un incremento adicional del 0,115%. Esta subida extra es acumulativa y se mantendrá hasta 2050, lo que permitirá que la pensión máxima inicial recupere poder adquisitivo real frente a la inflación año tras año.

Subida pensión máxima - Real Decreto 2/2023 | BOE

Pensión máxima en 2026

Hasta ahora, el artículo 58.2 de la Ley General de la Seguridad Social establecía que las pensiones subieran cada 1 de enero según la inflación media (el IPC medio de diciembre a noviembre). Pero con la entrada del Real Decreto 2/2023, se introdujo una novedad a la hora de calcular el tope máximo de pensión, ya sea cobrando una o varias pensiones.

En 2026, la subida de la pensión máxima será el resultado de aplicar el IPC más un incremento adicional de 0,115 puntos porcentuales. Esto significa que si, por ejemplo, el IPC medio definitivo para 2026 fuera del 2,7% (estimaciones de la Seguridad Social, pero que no está confirmado hasta el 12 de diciembre), la pensión máxima no subiría un 2,7%, sino un 2,815% (2,7% + 0,115%).

A falta de conocer el dato definitivo del IPC de noviembre (el 12 de diciembre se confirma según fuentes consultadas), y utilizando una estimación del 2,7%, así quedaría el tope máximo inicial para quienes se jubilen en 2026 gracias al incremento adicional del 0,115%:

ConceptoCuantía Mensual 2025 (Estimada)Revalorización General (IPC est. 2,7%)Incremento Adicional 2026 (+0,115%)Cuantía Mensual Inicial 2026Cuantía Anual 2026
Pensión Máxima3.267,60 €+ 88,22 €+ 3,76 €3.359,58 €47.034,12 €

El objetivo es acompasar este incremento de la prestación con la subida de la base máxima de cotización, que desde 2024 crece anualmente el IPC más un 1,2% fijo.

Este incremento adicional del 0,115% es solo el principio. La normativa establece que este porcentaje se aplicará de forma acumulativa cada año hasta 2050. A partir de 2051, esta subida será aún mayor con el objetivo de culminar el proceso de “destope”, aplicando aumentos adicionales variables que irán desde el 3,2% en 2051 hasta alcanzar un crecimiento total del 20% en 2065, momento en el que se valorará si continuar hasta el 30%.

Las pensiones mínimas reducirán su brecha a la mitad

La otra gran novedad para 2026 afecta a los pensionistas con rentas más bajas. La Seguridad Social continúa con su hoja de ruta para que las pensiones mínimas converjan con el umbral de la pobreza. Según la Disposición adicional quincuagésima tercera de la LGSS, el objetivo es que en 2027 la pensión mínima de jubilación (con cónyuge a cargo) no sea inferior a este límite calculado para un hogar de dos adultos.

Para lograrlo, la ley establece una senda de reducción de la brecha existente. Tras las reducciones aplicadas en 2024 y 2025, el 1 de enero de 2026 se aplicará una subida adicional necesaria para reducir en un 50% la brecha que aún exista entre la cuantía de referencia y dicho umbral de pobreza.

Esto afectará directamente a:

  • Jubilación con cónyuge a cargo.
  • Viudedad con cargas familiares.
  • Pensiones con cónyuge a cargo (excepto incapacidad permanente total de menores de 60 años).

El resto de las pensiones mínimas también experimentarán una subida adicional, equivalente al 50% de lo que suban las anteriores, asegurando que nadie se quede atrás en esta revalorización solidaria.

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