Las comunidades de vecinos también tienen que rendir cuentas a Hacienda y pagar impuestos, es por esto que aunque no son los propios vecinos los que se encargan de realizar el trámite por norma general, les interesa estar informados de los trámites que hay que realizar este mes de enero en nombre de la Comunidad y cuyo incumplimiento puede acarrear sanciones de hasta 20.000 euros.
En las próximas semanas se acercan días importantes en el calendario fiscal en cuanto a liquidación de impuestos, y estas Comunidades de Propietarios no están exentas del pago de impuestos, como informan desde el Consejo Andaluz de Administradores de Fincas.
El Consejo hace hincapié en los impuestos que deben presentarse en estas fechas ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y estiman, en el caso de Andalucía, que aunque en torno el 80% de las Comunidades de Propietarios están gestionadas por Administradores de Fincas, en el resto lo hacen los propios vecinos o personal no profesional, y calculan según su Vicepresidenta Mercedes Romero Balsera que “en torno al 30% de esas comunidades de propietarios podrían incurrir en una infracción tributaria con Hacienda al no presentar algunos de los modelos mencionados o hacerlo de forma indebida”.
Trámites que tienen que realizar las comunidades de vecinos para evitar sanciones
Hasta el 30 de enero de 2024, deberán presentar el IVA aquellas Comunidades de Propietarios que sean consideradas empresarios o profesionales arrendadores de bienes inmuebles, tal y como informan desde el Consejo Andaluz.
Las comunidades que suelen tener esta consideración son aquellas que están situadas en parques empresariales y comerciales y alquilan sus espacios, o aquellas que alquilan las zonas comunes del edificio de residencial para la instalación, por ejemplo, de publicidad o una antena de telefonía.
Concretamente en este enero, estas comunidades tendrán que presentar el IVA correspondiente al cuarto trimestre de 2023 (modelo 303) además del Resumen anual de 2023 (modelo 390).
También tendrán que presentar antes de que acabe enero el modelo 184 aquellas Comunidades de Propietarios que, según explican los expertos de Consejo de administradores, lleven a cabo actividades económicas o reciban subvenciones por encima de los 3.000 euros. En este modelo se van a declarar las rentas derivadas del alquiler, o los ingresos recibidos por la cesión de las zonas comunes.
Aunque tienen algo más de plazo para hacerlo, las Comunidades de propietarios deberán presentar, del 1 de febrero al 29 de febrero de 2024, la Declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347).
Sanciones de hasta 20.000 euros a las que se enfrentan las comunidades
Desde el Consejo Andaluz de Administradores de Fincas, hacen especial mención a la importancia de la presentación de estos impuestos en plazo y de la forma correcta, y es que de no ser así, las comunidades de propietarios se enfrentan a sanciones que van desde los 150 euros, a los 20.000 euros en los casos más graves.
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