El Ministerio de la Seguridad Social, dirigido por Elma Saiz, ha aprobado ya la orden para que los antiguos becarios puedan recuperar la cotización por los periodos de prácticas formativas o académicas externas que realizaron en el pasado. También podrán hacerlo los graduados universitarios que participaron, a través de estudios oficiales de doctorado, en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.
Esta recuperación se podrá hacer suscribiendo un convenio especial, por una única vez, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), permitiéndoles sumar las cotizaciones de dichos periodos hasta un máximo de cinco años. Es algo que, con la entrada en vigor de la llamada cotización de los becarios, esperaban muchos antiguos alumnos, y que ha sido catalogado por Saiz como “un día importantísimo”.
Esta medida, en palabras de la ministra, “representa la mejor definición del Gobierno de justicia social”, asegurando que amplían “los derechos de los más jóvenes, de personas que se están incorporando ahora al mercado laboral”, pero que también reparan “los desequilibrios” y abren la ventana “a aquellos que no tuvieron esa opción en el pasado”.
Alumnos que podrán beneficiarse y sumar años de cotización
Podrán beneficiarse de esta medida, como ha explicado el propio Ministerio de la Seguridad Social, los antiguos alumnos universitarios, antiguos alumnos de formación profesional (salvo cuando las prácticas se hubieran prestado en el régimen de formación profesional intensiva), así como a antiguos alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.
También podrán beneficiarse, como se ha explicado, los graduados universitarios que, a través de estudios oficiales de doctorado, hubieran participado antes del 4/02/2006 (fecha de entrada en vigor el Estatuto de Personal Investigador en Formación) en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.
Requisitos para suscribir el convenio con la TGSS
Para poder suscribir este convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social, los solicitantes deben cumplir con dos requisitos. En primer lugar, aquellos que quieren cotizar por antiguas prácticas no remuneradas deben haber realizado las mismas antes del 1 de enero de 2024 y, en el caso de las prácticas remuneradas, antes del 1 de noviembre de 2011. Y, segundo, deben acreditar el periodo de duración de los programas de formación en los que hubieran participado.
De cumplir amas condiciones, estos antiguos alumnos serán asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, contándoles la recuperada cotización para sus futuras pensiones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes.
La base de cotización por el convenio especial estará constituida por la base mínima de cotización por contingencias comunes correspondiente al grupo 7 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en el año 2024, a la que se aplicará un coeficiente reductor del 0,77 por 100. Una vez calculado por la TGSS el importe total de la cotización a ingresar por este convenio especial, su abono se podrá realizar mediante un pago único o mediante un pago fraccionado "en un número máximo de mensualidades igual al de aquellas por las que se formalice el convenio".
Sobre el plazo en el que podrán suscribir este convenio, esta norma entrará en vigor el día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que se prevé que los alumnos puedan beneficiarse desde esta misma semana, ya que, aprobada la orden, no debería tardar en publicarse en el BOE.
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