Las multas de Hacienda son de las más temidas por los españoles, y es que la Agencia Tributaria, vigila tanto los movimientos de dinero de los contribuyentes como que paguen sus impuestos de forma de regular. Pero lo cierto es que no son las únicas sanciones que puede poner la administración, hay otras menos conocidas y fáciles de evitar que pueden ahorrar disgustos y cientos de euros.
Así es el caso de los cambios en el domicilio fiscal de los contribuyentes. Las personas residentes en España o con domicilio fiscal español, están obligadas a tener informada a Hacienda sobre la dirección del mismo.
Esto queda recogido en el artículo 48 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que define el domicilio fiscal como “el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria”. En el caso de las personas físicas la normativa específica además que será “el lugar donde tengan su residencia habitual”.
La multa de Hacienda por no notificar un cambio de domicilio
Cuando se produce un cambio de domicilio, esta misma Ley, establece en el apartado 3 del artículo 48, que los contribuyentes están obligados a comunicar a Hacienda el cambio de domicilio fiscal.
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Además, añade que “el cambio de domicilio fiscal no producirá efectos frente a la Administración tributaria hasta que se cumpla con dicho deber de comunicación, pero ello no impedirá que, conforme a lo establecido reglamentariamente, los procedimientos que se hayan iniciado de oficio antes de la comunicación de dicho cambio, puedan continuar tramitándose por el órgano correspondiente al domicilio inicial”.
El domicilio que figura recogido en las bases de datos de Hacienda, es el que utilizará la Agencia para enviar requerimientos y notificaciones a los contribuyentes. Mantenerlo actualizado es de vital importancia, ya que no hacer caso a los requerimientos de la Agencia Tributaria, puede ser motivo de sanción.
Del mismo modo, no notificar el nuevo domicilio fiscal, también puede ser motivo de sanción, pues es una obligación para el contribuyente. Incumplir con ella supone una infracción leve y conlleva una multa de 100 euros.
Plazo para notificar a Hacienda un cambio de domicilio fiscal y cómo hacerlo
El plazo para modificar el domicilio fiscal con carácter general, según informa la Agencia Estatal de la Administración Tributaria a través de su web, es de “un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya producido.”
Para informar del cambio, habrá que presentar el modelo 030 que podrá hacer de varias formas:
- De forma electrónica a través de la web de la Agencia para lo que será necesario dispone de Cl@ve Movil, o certificado/DNI electrónico.
- De forma presencial en la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal.
- Por correo postal remitido a las oficinas de la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal.
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