Cuando se alquila una vivienda, lo habitual entre el casero y el inquilino es firmar un contrato de alquiler donde se establecen las cláusulas que regular el arrendamiento, como pueden ser la renta o la duración. Lo que muchos desconocen en esta situación es que los alquileres pueden inscribirse en el Registro de la Propiedad y que este trámite tiene ventajas para las dos partes.
La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que los contratos alquiler de una vivienda pueden inscribirse en el Registro, tanto el documento firmado de forma inicial como las posibles modificaciones que sufriera a lo largo del tiempo.
Al realizar este trámite, la vivienda constará como alquilada en dicho registro, de modo que a partir de ese momento cualquiera que consulta la Nota Simple del inmueble verá el estado en el que este se encuentra.
Ventajas de inscribir el contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad
Desde Registradores de España, han explicado las ventajas que tendrían para propietarios e inquilinos la inscripción del alquiler en el Registro de la Propiedad, y que darán mayor tranquilidad a cada una de las partes en el caso de que surjan problemas en la relación contractual.
En el caso de los inquilinos supondrá que se reconozca su derecho de adquisición preferente, lo que quiere decir que en el caso de que el propietario venda el inmueble a un tercero podrá oponerse en el caso de querer el comprar la vivienda. Es decir, que tendrá prioridad para comprar la vivienda antes que cualquier otra persona, y en el caso de que no quiera adquirirla, tendrá derecho a permanecer en la vivienda todo el tiempo pactado en el contrato de arrendamiento sin que se pueda cambiar el importe de la renta, tal y como se recoge en la LAU.
Esta misma ley establece que este derecho no se tendría en el caso de que el alquiler no estuviera inscrito, y para tenerlo habría que demostrar que se ha actuado de mala fe solo se tendría en el caso de se demostrase que se ha actuado de mala fe.
Por el lado del casero, tener realizado este trámite le permite, en el caso de que no le paguen el alquiler, puede iniciar un proceso simplificado para recuperar la propiedad, de forma que si el inquilino no responde al requerimiento o acepta la resolución, la vivienda tendrá que ser devuelta al propietario.
Cómo inscribir un contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad
Para poder inscribir estos contratos habrá que cumplir con los requisitos establecidos en el Real Decreto 297/1996 sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de los Contratos de Arrendamientos Urbanos, que establece que para poder hacerlo habrá que disponer de escritura pública notarial o la elevación a escritura pública del documento privado de este contrato.
Una vez que se tenga la escritura, habrá que presentarla en el Registro correspondiente de forma presencial o telemática, aportando junto a ella un documento que acredite el pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Cuánto cuesta inscribir un contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad
El precio de realizar la inscripción del alquiler en el Registro de la Propiedad varía en función de la renta y la duración del contrato. Desde el Colegio de Registradores dan un ejemplo para una vivienda alquilada durante al menos tres años pagando un alquiler de 688 euros.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que hay que hacer un documento ante Notario cuyos gastos se estiman en 124,73 euros. Tras esto habrá que hacer frente al pago del ITP por el que habría que pagar 99,97 euros, y por último pagar por la inscripción en registro 59,93 euros. Sumando todas las cantidades, inscribir un alquiler en el Registro de la Propiedad tendría un coste de 284,63 euros.
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