El SEPE seguirá abonando el subsidio aunque empieces a trabajar, pero se descontará tiempo de duración

El organismo explica que el subsidio compatible con empleo se cobra como complemento, pero consume días de ayuda.

Oficina de empleo del SEPE |Marta Fernández / Europa Press
Fecha de actualización:

El subsidio por desempleo ya no siempre se suspende cuando una persona encuentra trabajo. Con la reforma introducida en la Ley General de la Seguridad Social, las personas que acceden al subsidio manteniendo uno o varios contratos a tiempo parcial, así como quienes ya lo están cobrando y comienzan un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo o parcial, pasan a compatibilizarlo como un complemento de apoyo al empleo.

La Ley General de la Seguridad Social explica en su artículo 282.3 (puede consultarse en este enlace) que el SEPE puede seguir abonando parte del subsidio aunque el beneficiario empiece a trabajar. Aun así, esa compatibilidad tiene una consecuencia y es que los días en los que se cobra ese complemento se descuentan de la duración total del subsidio. La norma lo deja claro al indicar que “se consumirán tantos días de la duración del subsidio como los días percibidos en concepto de complemento de apoyo al empleo”.

La ley recoge una tabla con las cuantías en función del trimestre en el que se encuentre el subsidio y de la jornada del nuevo empleo. Para entenderlo mejor, cuanto más avanzado esté el subsidio y menor sea la jornada, menor será el importe del complemento. La escala queda así:

  • En el primer trimestre, el complemento es del 80% del IPREM (480 €) si el empleo es a tiempo completo, del 75% (450 €) si la jornada parcial es igual o superior al 75%, del 70% (420 €) si está entre el 50% y el 75%, y del 60% (360 €) si es inferior
  • al 50 %.
  • En el segundo trimestre, pasa al 60% (360 €), 50% (300€), 45% (270 €) y 40% (240 €) del IPREM, respectivamente.
  • En el tercer trimestre, baja al 40% (240 €), 35% (210 €), 30% (180 €) y 25% (150 €).
  • En el cuarto trimestre, queda en el 30% (180 €), 25% (150 €), 20% (120 €) y 15% (90 €).
  • En el quinto trimestre y siguientes, se reduce al 20% (120 €), 15% (90 €), 10% (60 €) y 5% (30 €) del IPREM.
Cuantía del complemento de apoyo al empleo | SEPE

De esta forma una persona puede seguir cobrando el subsidio mientras trabaja, pero esa ventaja no implica que conserve intacta la ayuda para más adelante. Si, por ejemplo, compatibiliza 90 días de trabajo con el subsidio, habrá consumido también 90 días de la duración reconocida.

El complemento se puede cobrar un máximo de 180 días

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explica en su página web que complemento de apoyo al empleo tiene una duración máxima de 180 días, que pueden disfrutarse en uno o varios periodos de compatibilidad, siempre con el tope de los días que resten por cobrar del subsidio. Cuando se alcanza ese límite, el subsidio queda suspendido si aún no se ha agotado, o extinguido si ya se ha consumido por completo.

El SEPE también informa de que, si se extingue o suspende el contrato que dio lugar a esa compatibilidad, la persona beneficiaria debe comunicarlo en el plazo de quince días hábiles. A partir de ahí, el subsidio podrá reanudarse si se acredita situación legal de desempleo, inscripción como demandante y cumplimiento de los requisitos de rentas o responsabilidades familiares, en su caso.

Por tanto, el SEPE puede seguir pagando el subsidio aunque empieces a trabajar, pero ese tiempo no se guarda. Igual que sucede con otras reglas del desempleo, la compatibilidad tiene letra pequeña, y en este caso pasa por asumir que cada día cobrado como complemento es un día menos de subsidio disponible.

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