A partir del 1 de noviembre de 2024 entrará en vigor la primera pata de la reforma de los subsidios por desempleo, regulada en el Real Decreto 2/2024. Entre las medidas se encuentra la mejora en la accesibilidad de las ayudas gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), la unificación de los subsidios por desempleo, así como el aumento de las cuantías hasta el 95% del IPREM (570 euros). Sobre este aumento la norma es clara y los actuales subsidios no se beneficiarán de esta subida, es decir, que seguirán siendo de 480 euros mensuales hasta agostar la prestación.
Así lo establece la disposición transitoria tercera en su punto 1. En esta se dice textualmente que “las personas que, a 1 de noviembre de 2024, hubieran solicitado, fueran beneficiarios o tuvieran suspendidos cualquiera de los subsidios por desempleo existentes en el momento de la entrada en vigor de este real decreto-ley, incluido el subsidio extraordinario por desempleo, o la renta activa de inserción, seguirán rigiéndose por la normativa anterior a este real decreto-ley hasta la extinción del derecho actual”. Es decir, que los subsidios aprobados antes del 1 de noviembre se seguirán rigiendo por la anterior norma hasta su agotamiento o finalización.
Los subsidios aprobados a partir del 1 de noviembre se regirán por la nueva reforma de los subsidios por desempleo y, por tanto, con las nuevas cuantías. Así, durante los seis primeros meses, el IPREM se elevará al 95%, es decir, a 570 euros mensuales. Los siguientes seis meses será del 90% (540 euros), y el resto del tiempo de disfrute se mantendrá en el 80% de dicho indicador (480 euros).
Este cambio no afecta al subsidio para mayores de 52 años
Los nuevos subsidios por desempleo por insuficiencia de cotización y por agotamiento de la prestación contributiva gozarán de las nuevas cuantías, algo que no ocurrirá con el subsidio para mayores de 52 años. Este seguirá manteniendo la misma cuantía, el 80% de IPREM vigente, que ahora mismo son 480 euros al mes.
A cambio, mantendrá los beneficios que hasta ahora gozaba, como su duración, que se percibe de manera indefinida hasta encontrar trabajo o llegar a la edad de jubilación. Además, cotiza para la pensión de jubilación por el 125% de la base mínima de cotización vigente (1.653,75 euros).
Los nuevos subsidios serán compatibles con un trabajo
Los nuevos subsidios serán compatibles con un empleo, pero esta norma no entrará en vigor hasta el 1 de abril de 2025, fecha en la que entrará esta segunda pata de la reforma de los subidos por desempleo. Así, se podrá compatibilizar el subsidio con un empleo cuando el período de trabajo no exceda los 180 días. Esto se llevará a cabo a través del complemento de apoyo al empleo.
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