Ya lo anunció en su día Yolanda Díaz y ya se ha materializado tras la aprobación del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo: desaparecen ciertos subsidios por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a partir del 1 de noviembre de 2024. Pero, ¿cuáles son? ¿Qué ocurre con los desempleados que hasta ahora eran beneficiarios? ¿Se sustituyen por otros?
Como apunta la disposición final de esta normativa sobre la reforma de los subsidios por desempleo, a partir de noviembre el número se reduce de ocho a tres, con la finalidad de que esta ayuda asistencial para personas con problemas económicos amplíe el número de beneficiarios potenciales.
Los subsidios por desempleo que desaparecen a partir del 1 de noviembre
Los servicios del empleo ven cómo el SEPE ha decidido eliminar con la última reforma el subsidio para personas liberadas de prisión, el destinado a emigrantes retornados, el orientado a pensionistas por revisión de la incapacidad permanente y los dos subsidios extraordinarios cuando se agotaban los anteriores: la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
Como apuntan desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el objetivo es que todos estos desempleados potenciales para cobrar el subsidio, una vez que han agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro), puedan convertirse en beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital para suplir la falta de rentas. Se ha anunciado que habrá una facilidad de acceso a la prestación no contributiva para ellos.
¿Cuáles son los subsidios que sí quedan? Son tres y corresponden con el subsidio por insuficiencia de cotización, el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva por desempleo y el subsidio para mayores de 52 años.
Llegados a este punto, muchos se preguntarán qué ocurre con el destinado a mayores de 45 años. Estos potenciales beneficiarios pasarán a cobrar el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, por lo que se protegerán a quienes tengan responsabilidades familiares como los que no dentro del mismo.
Además, cabe añadir que nacen dos subsidios nuevos. Se amplía la cobertura para los trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla y los trabajadores eventuales agrarios (la Renta Agraria rebaja el número de peonadas necesarias para su disfrute). Y, a partir del 1 de noviembre, nace un subsidio por desempleo para mujeres víctimas de violencia de género.
¿Qué ocurre con los actuales beneficiarios del subsidio por desempleo?
Desde el SEPE confirman que los actuales beneficiarios del subsidio por desempleo seguirán cobrando la ayuda correspondiente hasta el momento en que agoten la duración total de la misma. De este modo, las novedades introducidas por el real decreto ley únicamente son aplicables a los desempleados que cumplen los requisitos para percibir el subsidio correspondiente a partir del 1 de noviembre de 2024 o el 1 de noviembre de 2024, según marque la ley.
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