El SEPE advierte de la única ayuda que nunca puedes pedir tras agotar el paro

Tras agotar el paro, el SEPE permitirá acceder a los subsidios por desempleo salvo el subsidio por insuficiencia de cotización.

Cartel de una oficina de empleo del SEPE Europa Press
Francisco Miralles

Entre todos los subsidios que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), existe uno que no pueden solicitar los desempleados que han agotado la prestación contributiva por desempleo, comúnmente conocida como “paro”. Este es el subsidio por insuficiencia de cotización, una prestación de carácter no contributivo destinada a aquellos trabajadores que han cotizado menos de un año por desempleo, pero que ya no es accesible para quienes hayan cobrado el paro, ya que superan el requisito de cotización mínima.

El subsidio por cotización insuficiente es una ayuda pensada para aquellos trabajadores que no tienen derecho a paro. Es decir, que han cotizado menos de 360 días, pero que al menos tienen 90 días cotizados en el caso de tener responsabilidades familiares o 180 días en el caso de no tenerlas. Sin embargo, aquellos que se encuentren cobrando el paro y lo agoten no pueden acceder a este.

La razón es simple, tras agotar el paro se puede acceder a los conocidos como subsidios ordinarios por desempleo, ayudas entre las que se encuentran la ayuda familiar, o los subsidios para mayores de 52 años y 45 años. Entonces, para entenderlo, cuando un trabajador pierde su trabajado de manera involuntaria puede acceder o bien al paro, cuando ha cotizado más de 360 días, o al subsidio por insuficiencia de cotización, cuando ha cotizado menos de 360 días, pero tiene más de 90 o 180 días, dependiendo de la situación familiar.

Cartel de una oficina de empleo del SEPE | Foto: EP

La duración de este subsidio depende de los meses cotizados y las cargas familiares. En el caso de no tener responsabilidades familiares, la duración del subsidio será de seis meses siempre que se hubiera cotizado al menos 180 días. En el caso de tener cargas familiares, la duración del subsidio es de 3, 4 o 5 meses si se ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente, pero si se ha cotizado más de 180 días, la duración se extenderá a un máximo de 21 meses. Hay que tener en cuenta que este subsidio se aprueba por un periodo de seis meses.

Cambios en los subsidios a partir de noviembre

A partir del 1 de noviembre de 2024, el subsidio por insuficiencia cambiará debido a la reforma de los subsidios por desempleo regulada en el Real Decreto-ley 2/2024. Por un lado, la nueva normativa ha introducido un incremento en el subsidio por desempleo, elevando su cuantía en 90 euros mensuales. De esta forma, las cuantías del subsidio estarán divididas en tres tramos, que varían según el tiempo transcurrido desde que el beneficiario empieza a percibir la ayuda.

Durante los primeros seis meses se cobrará el 95% del IPREM vigente (actualmente 570 euros), los seis meses siguientes la cuantía equivaldrá al 90% del IPREM (540 euros) y, el resto del periodo, hasta agotar el subsidio por desempleo, se seguirá percibiendo el 80% del IPREM (480 euros).

El subsidio también será compatible con un trabajo durante los seis primeros meses de regreso al mercado laboral. Esta medida entrará en vigor a partir del 1 de abril de 2025.

Lo más leído