Este miércoles, 8 de abril, ha comenzado oficialmente la Campaña de la Renta 2025-2026. Desde este día, y hasta el próximo 30 de junio, los contribuyentes podrán presentar su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Ahora mismo, el borrador se puede presentar por internet; a partir del 6 de junio, se activará el ‘Plan Le Llamamos’ (para hacerla por la vía teléfonica con la ayuda del personal de la AEAT), y desde el 1 de junio, se podrá acudir presencialmente a las oficinas de la Agencia Tributaria, en ambos casos siempre pidiendo cita previa.
Dicho esto, son muchas las personas que, con el objetivo de quitarse este trámite lo antes posible, o poder recibir un “extra” si están seguros de que la declaración les va a salir a devolver, presentan ya el borrador. Sin embargo, para muchos asesores fiscales, esto es un error. Entre ellos se encuentra la experta Sara Ferrer, quien explicó el porqué en un vídeo en la anterior campaña publicado en su canal de TikTok ('@sarafero').
“Nunca se hacen las declaraciones de Renta la primera quincena que abren el plazo”
Para esta asesora, la “regla número uno” que deben saber los contribuyentes es que no se puede presentar la declaración de la Renta nada más abrir el plazo: “nunca se hacen las declaraciones de Renta la primera quincena que abren el plazo, porque los datos fiscales y los datos que ha volcado la Agencia Tributaria pueden ser erróneos”.
Según Ferrer los “más pobretones” son “los grandes afectados, debido a que “los datos fiscales y la información de la Agencia Tributaria se van reciclando”. Así pues, indica que, estas primeras semanas, el sistema de la AEAT puede no tener toda la información y estar pendiente de actualizarse. Por ello, es posible que los datos estén mal.
Asimismo, una ventaja de esperar algo más de tiempo es que así tenemos más tiempo para comprobar la documentación a presentar y, muy importante, revisar bien las deducciones. De hecho, cuando se trata de deducciones nuevas, incluso hay ocasiones en las que no están las casillas habilitadas para poder aplicarlas.
En cuanto a estas, es relevante tambié contar con los documentos que acrediten que efectivamente tenemos derecho a dichas deducciones, ya que Hacienda podría requerir su justificación.