Estas son las madres que pueden desgravarse la guardería en la declaración de la Renta

Las madres trabajadoras pueden desgravarse los gastos por guardería. Cómo aplicar esta deducción de hasta 1.000 euros.

Gastos por guardería en la declaración de la Renta
Esperanza Murcia

Las circunstancias personales del contribuyente tienen mucho que decir en la declaración de la Renta. En especial la situación familiar, que puede suponer que se pague bastante menos a Hacienda. De hecho, existe un beneficio fiscal para las madres trabajadoras que puede significar un ahorro de hasta 1.000 euros. Una deducción desconocida por su reciente aplicación, ya que es una medida que lleva solamente dos años implantada. 

Se trata, en realidad, de un incremento de la deducción por maternidad por los gastos de guardería o centros de educación infantil. De ese modo, todas las mujeres que tengan derecho a aplicar la deducción por maternidad, o cobrarla de forma anticipada, podrán aplicarse en la declaración esta deducción por la guardería. 

Ahora bien, esta última se aplica directamente en la declaración, a la hora de confeccionarla. No se puede cobrar por adelantado y, de hecho, necesita que el centro facilite los datos al Estado una vez que finaliza el ejercicio anual que se quiere presentar, este año el correspondiente a 2021. Además, también hay que cumplir con los requisitos que impone la Agencia Tributaria

Requisitos para la deducción por guardería en la Renta 

Esta deducción está pensada como un aumento de la deducción por maternidad. Así, pueden tener acceso a ella las madres trabajadoras que cumplan con los requisitos de la misma. En específico, se incrementa hasta en 1.000 euros adicionales la deducción por maternidad por cada hijo, menor de tres años, por el que se ha tenido que pagar estos gastos de guardería. Estas son las condiciones que se exigen:

  • Tener hijos menores de 3 años a cargo.
  • Ejercer algún tipo de actividad, tanto por cuenta ajena (asalariada) como por cuenta propia como autónoma.
  • Estar dada de alta en la Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente en el caso de las trabajadoras autónomas.

Asimismo, como se ha explicado, se tiene que ser madre trabajadora con derecho a la deducción por maternidad y haber tenido gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Hay que destacar que esta deducción se puede aplicar hasta el curso en que el niño cumpla tres años. Además, a estos gastos habría que restarle el dinero de las subvenciones, las ayudas públicas y el de las rentas exentas en el IRPF, como son el salario flexible o en especie, donde se incluye el cheque guardería de las empresas.

Qué gastos de la guardería se pueden desgravar  

Los “gastos de custodia”, como los reconoce la Agencia Tributaria, se pueden aplicar a cualquier guardería que cuente con licencia. De hecho, son las que deben presentar la documentación necesaria al organismo para que sus beneficiarias puedan aplicar la deducción. Deben hacerlo a través del modelo 233, que se entrega el mes de enero de cada año. Estos son los gastos que se incluyen: 

  • Cuotas pagadas al centro.
  • Inscripción y matrícula.
  • Asistencia (en horario general y ampliado).
  • Comedor (alimentación). 

Por último, cada comunidad autónoma establece unos máximos para recibir esta bonificación. Del mismo modo, en cada una se debe aplicar en una casilla diferente, por lo que se tendrá que consultar previamente.  

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